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Serie Personas y Bienes 4 Vols

$10,990.00 MXN

Serie Personas y Bienes 4 Vols. Esta serie abarca en primer lugar: La introducción que trata de temas definitorios...

Editorial: Editorial Jurídica Universitaria
Categoría: Derecho

ISBN-10: 9968-38-085-7

ISBN-13: 978-9968-38-085-0

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Descripción
Ficha Técnica
Contenido

Serie Personas y Bienes 4 Vols.

Esta serie abarca en primer lugar: La introducción que trata de temas definitorios y conceptuales del derecho, sus fuentes, la división de los derechos, las personas, los actos jurídicos y el derecho de familia, entre los que se halla el matrimonio, el parentesco, la filiación y los incapaces. En segundo lugar, los derechos reales como son la posesión, la propiedad, el usufructo y las servidumbres. En forma amplia se tratan las personas en la obra del maestro Ricardo Couto y las personas jurídicas en la obra del jurista italiano Francesco Ferrara.

TOMO 1: DERECHO CIVIL: INTRODUCCIÓN, PERSONAS, ESTADO CIVIL, INCAPACES. Autores: Ambroise Colin y Henry Capitant. 508 páginas. ISBN-10: 9968-38-034-2, 9968380342

En los clásicos no hay desperdicio, en su lectura y aplicación tampoco… En sus manos tiene el lector un clásico francés del derecho civil, que edita –esta vez– Editorial Jurídica Universitaria. Feliz idea concretada en beneficio de los estudiosos del derecho y, particularmente, del derecho civil.

Es un clásico de referencia obligatoria citar, una y otra vez, en clase, en los despachos de los abogados cultos, trabajadores y estudiosos –que honran el calificativo de letrados– la obra de los solventes juristas Ambroise Colin y Henry Capitant. Ambos profesores de la Facultad de Derecho de París, y por sus libros también maestros indirectos, o por lectura, de nuestros abuelos y los padres de nuestros abuelos. París en muchas ramas –tan variadas como la moda o las ciencias y las artes– fue la capital del mundo; y el idioma francés, la lengua culta desde Moscú hasta México. La influencia de la ciencia jurídica francesa se plasmó en toda una época, cuando los diccionarios franceses poblaron los escritorios de nuestros mayores para desentrañar –entre otros– al pensamiento de Colin y Capitant, mancuerna o dupla intelectual citada una y otra vez hasta nuestros días.

Esta labor editorial es una excelente oportunidad, para conocer, y después aplicar, de primera mano en las propias fuentes al linajudo derecho civil francés, que tanto ha influido en nuestro derecho.

Este volumen –con tipografía moderna y lujosamente presentado– trata los temas: introducción al derecho civil, personas y estado de las personas, e incapaces, que son elementales del derecho civil. Los diversos tomos que comprenden la obra original de Colin y Capitant se han editado con las adecuaciones necesarias al orden de los programas de estudio de las más acusadas facultades de derecho de Hispanoamérica.

No obstante, de propósito, el texto no se ha ‘mexicanizado’ ni ‘actualizado’ a alguna legislación vigente, ya que se quiso presentar la fuente primigenia. Las actividades adaptadoras corresponden justamente al inquieto lector, quien en la comparación encontrará la vigencia del pensamiento jurídico, ya como investigador, docente, estudiante-estudioso, abogado consultor o postulante, juzgador brillante, o auxiliar en la administración de justicia.

TOMO 2: DERECHO CIVIL: BIENES, PATRIMONIO Y DERECHOS REALES. Autores: Ambroise Colin y Henry Capitant. 280 páginas. ISBN-10: 9968-38-036-9, 9968380369

El derecho civil constituye el conjunto de normas que regulan la vida del ser humano desde antes de su nacimiento, en todas las etapas de su vida y hasta después de su muerte, de ahí la importancia de su estudio y sobre todo para el abogado ya que constituye la base esencial de su formación. Con orgullo presentamos a los estudiosos del derecho civil, la edición de las obras clásicas de los eminentes y solventes juristas Ambroise Colin y Henry Capitant, ambos profesores de la Facultad de Derecho de París, y por sus libros también maestros indirectos, o por lectura, de nuestros abuelos y los padres de nuestros abuelos.

En este volumen se incluyen las siguientes materias torales del derecho civil como son: los bienes y el patrimonio, para determinar quiénes y por qué motivo son sus titulares y los derechos reales que derivan de la propiedad y de la posesión determinando cuáles y cómo son, cómo nacen y cómo se extinguen. Esta obra utiliza la mejor metodología para describir objetivamente los rasgos distintivos del derecho civil en relación con otras materias, tal como actualmente se enseña en las distintas facultades de derecho, considerándose las directrices: legislativas, doctrinarias, jurisprudenciales y del foro, lo que dan vigencia pedagógica y la hacen obra de imprescindible consulta.

Por otra parte, se han editado estas obras separando y adecuando los volúmenes a la división de materias comprendidas en los programas escolares vigentes en las distintas facultades de derecho. No obstante, los múltiples estudios sobre la materia, la originalidad didáctica, la presentación metodológica y su discurso sobre estos tópicos primigenios del derecho civil, explicados desde sus propias fuentes (código civil francés) serán de gran utilidad para estudiosos y juristas en general, que al compararlas con los textos de nuestra legislación correspondiente, enriquecerán su entorno jurídico sobre el particular.

Este tomo cuenta con dos títulos en los que se estudian detalladamente las materias correspondientes ya descritas en el segundo párrafo y cuya descripción explicitada en el índice da prueba del rigor académico y de la profusión intelectual con que cada tema es tratado. Independientemente de la presentación moderna, atractiva y confortable para el lector.

TOMO 3: DERECHO CIVIL: PERSONAS. Autor: Ricardo Couto. 638 páginas. ISBN-10: 9968-38-040-7, 9968380407

La ciencia jurídica mexicana se ha decantado a lo largo ya de tres centurias, incluida la recién iniciada. En sus primeros pasos, los autores pioneros solían adaptar obras europeas –o las Instituciones de Álvarez, de Guatemala– como el Febrero y el Sala. Ya con el derecho codificado en la séptima década decimonónica, el ambiente fue más propicio para producir obras de derecho sustantivo y adjetivo que versaron sobre los novísimos códigos, pero además plasmaron conceptos y apreciaciones de tipo doctrinal en sus escritos. Los seguidores de la sistemática de Gayo, clasificaron lo jurídico en personas, cosas y acciones, y formaron todo un género: Las Institutas o Instituciones.

En este contexto apareció en 1919 la obra del eminente jurista mexicano, don Ricardo Couto, Derecho civil. Ahora, en un acierto de Editorial Jurídica Universitaria se presenta la parte relativa a Personas. Sin embargo, los temas que comprende el volumen son mayores. Sólo como ejemplo hay que decir que el título 1, se refiere a la ley y sus efectos, en donde encontramos tópicos que hoy estudian los iusfilósofos y los publicistas.

La obra de Couto tuvo como referencia al Código civil de 1884 –base de los posteriores–. No obstante, la vigencia de un clásico es en última instancia supralegal, toda vez que es doctrina; esta última es fuente del derecho. Como tal, puede ser invocada y ser luz y guía del estudiante estudioso, docente, investigador, juzgador o sus auxiliares, y de los abogados consultores o postulantes.

Los conceptos son la esencia de las instituciones y pueblan los clásicos. Por ello, su vigencia es más dilatada que la legislación positiva. Además, en el contraste entre la legislación de ayer y hoy, puede surgir la base de un alegato del abogado, un razonamiento judicial, o la materia primera de una exposición de motivos en una reforma legal.

TOMO 4: TEORÍA DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. Autor: Francisco Ferrara. 535 páginas. ISBN-10: 9968-38-042-3,9968380423

El concepto de persona jurídica es, sin lugar a duda, una categoría fundamental. De él derivan una serie de conceptos secundarios como los de nombre, capacidad, nacionalidad, estado civil, patrimonio pecuniario, y patrimonio moral, entre muchos otros importantes. El tema es toral en el mundo jurídico. Uno de los autores clásicos que lo han abordado es Francesco Ferrara. Es clásico por la validez de sus afirmaciones en dilatado tiempo y grande extensión geográfica. Sus estudios científicos tienen vigencia al margen de alguna legislación positiva en especial.

El estudio de las personas jurídicas públicas se ha desarrollado en los últimos tiempos por el derecho público; pero sus raíces hay que buscarlas en el milenario derecho civil. Sobre este largo tránsito ha escrito Ferrara en esta obra, que arranca en el inevitable derecho romano y que pasa por distintas culturas y juristas. Entre ellos, aparece Bártolo, de quien se ha dicho es de los más grandes jurisconsultos que ha dado la humanidad.

A la presentadora de esta obra, la culta jurista Carina Gómez Fröde –quien ha sabido combinar los quehaceres académicos y los afanes de la postulación y consultoría jurídica– le asiste grande razón cuando escribe:

Sin duda, la decisión de editar nuevamente esta obra clásica de Ferrara constituye un gran acierto para el mundo del derecho. El autor goza de gran aceptación entre los juristas, en virtud de que su concepto de personalidad jurídica es una abstracción, no ficción del derecho, que permite dar unidad a las agrupaciones humanas, considerándolas individuos con derechos y obligaciones.

La lectura de un clásico como Ferrara es una oportunidad para ampliar el horizonte cultural de una de las instituciones de ayer, hoy y mañana: la persona jurídica. Es ella la que en su actuación social mueve al mundo en amplísimos campos y niveles.

Desentrañar sus elementos, naturaleza, y alcances jurídicos, fue la misión de Ferrara; la nuestra es aquilatarla en toda su extensión.

Ficha Técnica

  • Cuatro excelentes libros impresos
  • Formato 22 x 28.3 x 11.9 cm
  • 1.961 páginas impresas en blanco y negro
  • Fina encuadernación en tapa dura plastificada
  • Edición 2002
  • ISBN-10: 9968-38-085-7, 9968380857
  • ISBN-13: 978-9968-38-085-0, 9789968380850
  • Autores: Ambroise Colin, Henry Capitant, Ricardo Couto y Francisco Ferrara
  • © Editorial Jurídica Universitaria
  • Iure Editores
  • Peso: 4098 g

Contenido

TOMO 1: DERECHO CIVIL: INTRODUCCIÓN, PERSONAS, ESTADO CIVIL, INCAPACES.
Título 1 Introducción al derecho civil.
Capítulo 1.1 Generalidades.
1.1.1 Definiciones y terminología.
1.1.1.1 Derecho y los derechos.
1.1.1.2 Derecho y moral.
1.1.1.3 Derecho positivo y derecho natural. Derecho natural y los códigos franceses.
1.1.1.4 Derecho: ciencia y arte.
1.1.1.5 Divisiones del derecho positivo. Disposiciones imperativas y disposiciones declarativas o supletivas.
1.1.2 Fuentes del derecho civil.
1.1.2.1 Fuentes legislativas. Ley y costumbre. Descripción y apreciación del CC.
1.1.2.2 Interpretación de las fuentes legislativas.
Capítulo 1.2 Esfera de aplicación de la ley.
1.2.1 Promulgación y publicación de las leyes. Distinción entre la promulgación y la publicación.
1.2.1.1 Cómo se hace la promulgación de la ley.
1.2.1.2 Cómo se hace la publicación. Hipótesis excepcionales. Fecha de las leyes.
1.2.2 No retroactividad de las leyes. El principio y su fundamento.
1.2.2.1 Determinación del dominio de la ley antigua.
1.2.2.2 Consecuencias futuras de actos pasados.
1.2.2.3 Regla de la no retroactividad obliga solamente al juez. Leyes que son retroactivas.
1.2.2.4 Leyes de competencia judicial y de procedimiento civil. Leyes interpretativas.
1.2.3 Derogación de las leyes. El desuso o el uso en contrario no derogan.
Capítulo 1.3 Teoría general de los actos jurídicos.
1.3.1 Generalidades. Definiciones. Hechos jurídicos y actos jurídicos. Sentidos diversos de la palabra acto.
1.3.1.1 Hechos jurídicos que no constituyen actos.
1.3.1.2 Principio de la libertad de las partes en los actos jurídicos.
1.3.1.3 Limitación del dominio de la voluntad. Orden público y buenas costumbres.
1.3.1.4 Clasificaciones de los actos jurídicos.
1.3.2 Condiciones de existencia y de validez de los actos jurídicos.
1.3.2.1 Voluntad. Nociones generales.
1.3.2.2 Capacidad necesaria para realizar un acto jurídico. Definiciones. Incapacidad de disfrute e incapacidad de ejercicio.
1.3.3 Nulidad de los actos jurídicos. Grados de imperfección de los actos jurídicos. Nociones históricas.
1.3.3.1 Nulidades absolutas.
1.3.3.2 Nulidad relativa o anulabilidad.
1.3.3.3 Inexistencia.
1.3.4 Modalidad de los actos jurídicos.
1.3.4.1 Término. Clases de términos. Efectos del término.
1.3.4.2 Condición. Noción. Clasificaciones de las condiciones.
1.3.5 Representación en los actos jurídicos. Noción. Origen histórico. Caracteres. Naturaleza jurídica.
Capítulo 1.4 Derechos: su división.
1.4.1 Clasificaciones de los derechos.
1.4.1.1 Derechos absolutos y derechos relativos.
1.4.1.2 Derechos políticos. Derechos civiles.
1.4.1.3 Derechos reales. Derechos reales llamados principales.
1.4.1.4 Derecho de crédito.
1.4.1.5 Comparación del derecho real y del derecho de crédito.
1.4.1.6 Derechos reales accesorios.
1.4.1.7 Derechos intelectuales.
1.4.2 Noción del patrimonio; causahabientes.
1.4.2.1 Patrimonio.
1.4.2.2 Causahabientes.
Título 2 Personas. Estado de las personas.
Capítulo 2.1 Matrimonio. Divorcio. Separación.
2.1.1 Matrimonio. Generalidades. Definición del matrimonio.
2.1.1.1 Carácter civil del matrimonio. Carácter confesional en la antigua sociedad francesa. Reacción del poder civil contra la autoridad confesional. Revolución francesa.
2.1.1.2 Principio de la laicización del matrimonio.
2.1.1.3 Matrimonio, contrato solemne.
2.1.1.4 Unión libre. Utilidad de la simplificación del matrimonio.
2.1.2 Formación del matrimonio.
2.1.2.1 Condiciones de fondo que se requieren para la formación del matrimonio.
2.1.2.2 Formas exteriores del matrimonio.
2.1.2.3 Sanción de las reglas relativas a la formación del matrimonio.
2.1.3 Disolución y relajamiento del matrimonio. Divorcio y separación de cuerpos. Generalidades. Definiciones. División.
2.1.3.1 Historia de la legislación francesa en materia de divorcio. Derecho romano.
2.1.3.2 Divorcio.
2.1.3.3 Separación de cuerpos. Características.
Capítulo 2.2 Filiación, parentesco, afinidad. Lazo de familia y lazo de parentesco. Generalidades.
2.2.1 Filiación legítima. Ideas fundamentales.
2.2.1.1 Determinación de la filiación legítima materna. Descomposición de hechos. Acta de nacimiento. Posesión de estado. Efectos de la posesión de estado conforme al acta de nacimiento. Prueba testifical. Derogaciones de las reglas del derecho común. Hipótesis de inexistencia o de pérdida de los registros.
2.2.1.2 Determinación de la filiación legítima paterna. Sistema de la ley francesa.
2.2.2 Determinaciones de la filiación natural. Sistema del CC.
2.2.2.1 Reconocimiento voluntario. Definición. Generalidades.
2.2.2.2 Reconocimiento no voluntario. Investigación de la maternidad y de la paternidad.
2.2.2.3 Legitimación. Generalidades. Historia.
2.2.3 Filiación adoptiva.
2.2.3.1 Definición. Generalidades. Historia.
2.2.3.2 Condiciones de la adopción.
2.2.4 Acciones en materia de filiación. Terminología. División.
2.2.4.1 Condiciones exteriores de las acciones relativas a la filiación y al estado.
2.2.4.2 Condiciones de fondo de las acciones relativas a la filiación y al estado de las personas.
2.2.4.3 Sentencias en materia de filiación. Efecto relativo de estas sentencias. Sistemas doctrinales contrarios a la tesis de la relatividad de los juicios. Moderaciones de la regla de relatividad. Ensayo de una teoría intermedia.
2.2.5 Efectos de la filiación.
2.2.5.1 Efectos del parentesco y de la afinidad.
2.2.5.2 Nombre.
2.2.5.3 Obligación alimenticia. Definición.
Capítulo 2.3 Actas del estado civil.
2.3.1 Organización del estado civil. Generalidades. Sentido de la expresión estado civil.
2.3.1.1 Reglas sobre las actas del estado civil.
2.3.1.2 Reglas especiales para ciertas actas.
2.3.2 Rectificación de las actas del estado civil.
2.3.2.1 En qué casos tiene lugar la rectificación de un acta del estado civil.
2.3.2.2 Quién puede pedir la rectificación.
2.3.2.3 Procedimiento y efectos de la demanda de rectificación.
Capítulo 2.4 Domicilio y ausencia.
2.4.1 Domicilio.
2.4.1.1 Nociones generales. Definición del domicilio. Importancia práctica del domicilio.
2.4.1.2 Determinación del domicilio. Determinación legal del domicilio de ciertas personas. Cambio de domicilio. Consecuencias de la concepción francesa del domicilio. Domicilios especiales.
2.4.1.3 Elección de domicilio. Definición del domicilio elegido. Efectos de la elección de domicilio.
2.4.2 Ausencia. Definición. Generalidades. Nociones acerca del sistema de reglamentación de los derechos del ausente. Medidas provisionales relativas a la ausencia.
Capítulo 2.5 Personas jurídicas o personas morales.
2.5.1 Nociones generales. Nociones históricas. Derecho romano. Antiguo derecho francés. Derecho moderno.
2.5.2 Crítica de la noción de personalidad aplicada a las asociaciones y a las fundaciones.
2.5.2.1 Sistema de la ficción.
2.5.2.2 Sistema negativo: no hay personas morales, sino patrimonios colectivos.
2.5.2.3 Sistema de la realidad de las personas jurídicas.
2.5.3 Diferentes clases de personas jurídicas.
2.5.4 Nacimiento y extinción de las personas jurídicas.
2.5.5 Domicilio y capacidad de personas jurídicas.
Título 3 Incapaces.
Capítulo 3.1 Menores. Generalidades. Mayoría de edad. Excepciones a la incapacidad del menor. Protección del menor.
3.1.1 Patria potestad. Definición.
3.1.1.1 Historia de la patria potestad. Derecho romano. Derecho francés. Derecho intermedio. Código Civil.
3.1.1.2 Contenido de la patria potestad.
3.1.1.3 Ejercicio e inspección de la patria potestad.
3.1.2 Tutela. Generalidades. Definición y características. Orígenes históricos de la tutela.
3.1.2.1 Órganos de la tutela.
3.1.2.2 Funcionamiento de la tutela.
3.1.2.3 Críticas a las reglas del CC relativas a la tutela. Primera: frecuente inobservancia de las disposiciones de la ley. Segunda: insuficiencia del consejo de familia. Tercera: insuficiencia de formalidades en ciertos casos, exceso en otros.
3.1.3 Administración legal. Generalidades. Historia. Ley del 6 de abril de 1910.
3.1.3.1 Extensión de los poderes del administrador legal.
3.1.3.2 Atribución de la administración.
3.1.3.3 Paralelo entre la administración legal y la tutela.
3.1.4 Tutela y protección de los hijos naturales. Generalidades. Historia. Ley francesa del 2 de junio de 1907.
3.1.4.1 Organización de la protección legal del hijo natural.
3.1.4.2 Contenido de la patria potestad sobre los hijos naturales.
3.1.5 Emancipación y curatela. Definición. Historia.
3.1.5.1 Establecimiento y organización de la curatela. Cómo se hace la emancipación. Revocación de la emancipación voluntaria, posibilidad rara y remota.
3.1.5.2 Efectos de la emancipación. Funcionamiento de la curatela. Nociones generales.
3.1.6 Sanción judicial de la incapacidad de los menores. Generalidades. Nociones históricas.
3.1.6.1 Actos de los menores ordinarios.
Capítulo 3.2 Locos.
3.2.1 Enajenación mental. Generalidades. División.
3.2.1.1 Reclusión de los alienados. Historia. Antes de la ley de 1838. Ley del 30 de junio de 1838. Condiciones de la reclusión. Insuficiencia y crítica de la ley de 1838. Proyectos de reforma.
3.2.1.2 Incapacidad y protección de los alienados. Generalidades. Historia.
3.2.2 Prodigalidad y debilidad de espíritu. Generalidades. Historia.
3.2.2.1 Nombramiento del consejo judicial. A quién puede nombrarse un consejo judicial. Cómo se nombra el consejo judicial.
3.2.2.2 Funciones del consejo judicial e incapacidad del pródigo y del débil de espíritu. El sistema del CC. Actos para los que el código exige la asistencia del consejo judicial.
Capítulo 3.3 Mujeres casadas.
3.3.1 Generalidades. Derecho romano. Antiguo derecho francés, países de derecho escrito. Derecho germano. Derecho consuetudinario.
3.3.1.1 Potestad y autorización marital en el CC.
3.3.1.2 Crítica de la institución. Destrucción progresiva por la legislación francesa moderna.
3.3.2 Efectos de la potestad marital sobre la persona de la mujer casada.
3.3.2.1 Extensión de las facultades del marido. Ley suavizada por las costumbres.
3.3.2.2 Vida común de la mujer con el marido.
3.3.2.3 Derecho del marido sobre la correspondencia de la mujer.
3.3.3 Efectos de la potestad marital sobre el patrimonio. Incapacidad de la mujer casada.
3.3.3.1 Extensión de la incapacidad.
3.3.3.2 Funcionamiento de la autorización.
3.3.3.3 Sanción judicial de la incapacidad de la mujer casada. Nulidad de los actos no autorizados.
Notas bibliográficas.

TOMO 2: DERECHO CIVIL: BIENES, PATRIMONIO Y DERECHOS REALES.
Título 4 Bienes y patrimonio.
Capítulo 4.1 Especies de bienes: corporales e incorporales. Inmuebles y muebles. Historia de la distinción.
4.1.1 Inmuebles.
4.1.1.1 Inmuebles por naturaleza.
4.1.1.2 Inmuebles por destino. Carácter ficticio de éstos. Diferencias entre los inmuebles por destino y los objetos convertidos en inmuebles por naturaleza.
4.1.1.3 Inmuebles por el objeto a que se aplican.
4.1.1.4 Inmuebles por declaración del propietario.
4.1.2 Muebles.
4.1.2.1 Muebles por naturaleza.
4.1.2.2 Muebles incorporales o muebles por determinación de la ley.
Capítulo 4.2 Bienes de dominio público: distinción del dominio público y del dominio privado.
4.2.1 Cuál es el criterio del dominio público. Extensión del dominio público. Qué contiene exactamente el dominio público. El dominio público comprende edificaciones y muebles.
4.2.2 Naturaleza del derecho de la persona moral sobre el dominio público.
4.2.3 Distinción de los diferentes dominios.
Título 5 Derechos reales.
Capítulo 5.1 Derechos reales considerados en sí mismos.
5.1.1 Propiedad. Generalidades. Definición. Historia de la propiedad territorial. Extensiones abusivas del término y de la noción de la propiedad.
5.1.1.1 Extensión del derecho de propiedad y, en particular, de la propiedad inmueble.
5.1.1.2 Restricciones al derecho de propiedad. Generalidades. Terminología. División.
5.1.1.3 Modalidades del derecho de propiedad.
5.1.2 Usufructo. Generalidades. Carácter temporal del usufructo. Papel económico. El usufructo como derecho real y como servidumbre. Comparación con el derecho del arrendatario.
5.1.2.1 Diferentes clases de usufructos.
5.1.2.2 Derechos del usufructuario. Generalidades. Derecho de uso.
5.1.2.3 Obligaciones del usufructuario.
5.1.2.4 Derechos de uso y de habitación. En qué consisten los derechos de uso y de habitación. Particularidades de los derechos de uso y habitación. Prohibición de ceder o de arrendar los derechos de uso de habitación.
5.1.3 Servidumbre. Generalidades. Definición de las servidumbres reales. Diferencias con el usufructo. Utilidad económica de las servidumbres. Fijeza de las servidumbres.
5.1.3.1 En qué pueden consistir las servidumbres reales.
5.1.3.2 Clasificación de las servidumbres.
5.1.4 Enfiteusis. Definición. Historia. Enfiteusis en el derecho actual. Problema de la subsistencia o no de la enfiteusis bajo el dominio del CC.
Capítulo 5.2 Adquisición de los derechos reales. Generalidades. Enumeración y clasificación de los modos de adquirir los derechos reales.
5.2.1 Ocupación. Definición. Generalidades. Variedades actuales de la ocupación.
5.2.2 Adquisición por efecto de la ley.
5.2.2.1 Teoría de la accesión. Generalidades.
5.2.2.2 Teoría de la posesión. Generalidades. Definición. Teoría clásica. Efectos generales de la posesión.
5.2.3 Adquisición por efecto de los contratos.
5.2.3.1 Generalidades. Efecto traslativo de los contratos en derecho francés moderno. Cómo se ha formado la regla moderna. Condiciones de aplicación de la regla moderna del efecto traslativo del contrato.
5.2.3.2 Medios empleados para poner en conocimiento de los terceros la transmisión de los derechos reales. Inconvenientes del principio del art 1138.
Capítulo 5.3 Extinción de los derechos reales.
5.3.1 Teoría general. Modos de extinción comunes a la propiedad y a los derechos reales.
5.3.1.1 Causas de extinción absoluta. Destrucción de la cosa. Expropiación por causa de utilidad pública.
5.3.1.2 Causas de extinción relativa o de transmisión.
5.3.2 Causas de extinción especiales del usufructo y de las servidumbres. Causas especiales del usufructo.
5.3.2.1 Consolidación o confusión.
5.3.2.2 No uso de treinta años.
5.3.2.3 Qué debe entenderse por no uso de una servidumbre.
5.3.2.4 Combinación de la prescripción extintiva con la usucapión. La extinción por el no uso no se aplica a la propiedad.
Capítulo 5.4 Garantía judicial de los derechos reales.
5.4.1 Acciones reales.
5.4.1.1 Distinción de las acciones muebles o inmuebles, posesorias y petitorias.
5.4.1.2 Utilidad y dominio de las acciones posesorias.
5.4.1.3 A qué derechos inmuebles se aplica la protección posesoria. Quid en particular de las servidumbres.
5.4.1.4 Distintas acciones posesorias.
5.4.1.5 Interdicto de retener. Condiciones para su ejercicio.
5.4.1.6 El interdicto de recobrar. Campo de acción más extenso.
5.4.2 Prueba de los derechos reales y en particular de la propiedad. Planteamiento de la cuestión. Ideas generales.
5.4.2.1 Prueba de la propiedad mueble.
5.4.2.2 Prueba de la propiedad inmueble. Dificultad teórica.
5.4.2.3 Antecedentes históricos. La publiciana.
5.4.2.4 Jurisprudencia actual. Cómo puede justificarse la jurisprudencia. La jurisprudencia no reproduce la publiciana, porque no exige justa causa. Adaptación de la jurisprudencia a las reglas generales de la prueba.
Notas bibliográficas.
Índice de materias.

TOMO 3: DERECHO CIVIL: PERSONAS.
Título 1 Ley: efectos. Reglas de aplicación.
Capítulo 1.1 Ley: formación, promulgación, publicación, abrogación y derogación.
1.1.1 Ley.
1.1.1.1 Definición de la ley.
1.1.1.2 Principio de igualdad ante la ley. Fundamentos y alcances.
1.1.2 Formación de las leyes.
1.1.2.1 Formación y expedición de las leyes en la República Mexicana.
1.1.2.2 Intervención que la Constitución concede al presidente de la República en la aprobación de las leyes.
1.1.3 Promulgación y publicación de las leyes.
1.1.3.1 Definición de promulgación y de publicación. Objetos que se proponen. Efectos que producen.
1.1.3.2 Presunción que hace nacer la publicación. Fundamentos de esta presunción.
1.1.3.3 Sistemas de publicidad: ventajas e inconvenientes. Sistema adoptado por el legislador mexicano.
1.1.3.4 Leyes relativas al Distrito Federal.
1.1.3.5 Indagación acerca de la obligatoriedad de la ley durante todo el día de su publicación.
1.1.3.6 Promulgada y publicada debidamente una ley: se discute si surte efecto en los lugares en que por causa de fuerza mayor, ha sido materialmente imposible su conocimiento.
1.1.3.7 Publicada y promulgada en México una ley: se elucida si es o no obligatoria desde el día de su publicación para los mexicanos residentes en el extranjero.
1.1.3.8 Voluntad de los particulares: ¿pueden éstos dar efectos a una ley antes del tiempo en que ésta debe comenzar a surtirlos?
1.1.3.9 Definición de las palabras reglamentos y circulares.
1.1.3.10 Ley: caso en que ella misma fija la fecha en que debe comenzar a observarse.
1.1.3.11 Inexcusabilidad de la ignorancia de la ley. Fundamentos.
1.1.4 Abrogación y derogación de las leyes.
1.1.4.1 Distinción entre abrogación y derogación en los arts 8o y 9o.
1.1.4.2 Abrogación y derogación expresas y tácitas. Fundamentos de la abrogación y derogación tácitas. Aplicaciones.
1.1.4.3 Fuerza obligatoria de la ley: se analiza si ésta se pierde cuando cesan los motivos que la inspiran.
Capítulo 1.2 Leyes que interesan al derecho público y a las buenas costumbres, y leyes prohibitivas.
1.2.1 Leyes de interés público y de interés privado.
1.2.2 Principios que rigen a unas y otras.
1.2.3 Concepto de derecho público.
1.2.4 Buenas costumbres: qué debe entenderse por ellas.
1.2.5 Sanción. ¿Cuándo es nulo un acto contrario a las leyes en que se interesan el derecho público y las buenas costumbres? Redacción prohibitiva de la ley.
Capítulo 1.3 Efectos de las leyes en cuanto al tiempo.
1.3.1 Principios de la no retroactividad. Fundamentos.
1.3.2 Examen de dicho principio desde el punto de vista constitucional.
1.3.3 Teoría de la retroactividad. Baudry Lacantinerie.
1.3.4 Leyes políticas. Principio que rige en esta clase de leyes.
1.3.5 Leyes interpretativas. Principio por el que son regidas.
1.3.6 Leyes relativas al estado y capacidad de las personas.
1.3.6.1 Principios generales.
1.3.6.2 Aplicaciones a la ciudadanía.
1.3.6.3 Aplicaciones al matrimonio.
1.3.6.4 Aplicaciones a la promesa de matrimonio.
1.3.6.5 Aplicaciones a la potestad marital.
1.3.6.6 Aplicaciones a las pruebas de filiación legítima.
1.3.6.7 Aplicaciones a las adopciones y reconocimientos.
1.3.6.8 Aplicaciones a la mayoría y minoría de edad.
1.3.6.9 Aplicaciones a la patria potestad.
1.3.6.10 Aplicaciones al usufructo legal del padre sobre los bienes del hijo.
1.3.7 Leyes relativas a la propiedad.
1.3.7.1 Principios generales.
1.3.7.2 Aplicación de estos principios a las servidumbres.
1.3.8 Leyes relativas a contratos.
1.3.8.1 Principios generales.
1.3.8.2 Aplicación de estos principios a los convenios pecuniarios de los esposos.
1.3.9 Leyes relativas a las sucesiones.
1.3.9.1 Principios generales.
1.3.9.2 Ley que determina la capacidad para heredar y las condiciones en que son llamados a la herencia los herederos legítimos.
1.3.9.3 Ley que rige la capacidad para testar.
1.3.9.4. Ley que rige la forma del testamento.
1.3.10 Leyes relativas a la competencia de los tribunales y al procedimiento.
1.3.10.1 Principios generales.
1.3.10.2 Aplicación a la competencia de los tribunales.
1.3.10.3 Aplicación a las leyes procesales.
1.3.11 Leyes relativas a la prescripción.
1.3.11.1 Principios generales.
1.3.11.2 Ley que rige a las prescripciones consumadas conforme a la ley nueva, cuando las condiciones exigidas por ésta son menos onerosas que las exigidas por la ley anterior.
Capítulo 1.4 Efectos de la ley en cuanto al lugar.
1.4.1 Conflictos que pueden presentarse con motivo de la aplicación de las leyes nacionales y extranjeras.
1.4.2 Teoría de los estatutos: principios generales.
1.4.3 Leyes de policía y seguridad.
1.4.3.1 Definición.
1.4.3.2 Leyes de policía y seguridad: se aplican tanto a nacionales como a extranjeros.
1.4.4 Leyes o estatutos personales.
1.4.4.1 Definición.
1.4.4.2 Leyes que pertenecen al estatuto personal.
1.4.4.3 Principios generales que rigen en materia de estatutos personales.
1.4.4.4 Legislación nacional.
1.4.4.5 Ley que rige el estatuto y capacidad del extranjero residente en México.
1.4.4.6 Límites al principio de aplicación extraterritorial del estatuto personal.
1.4.4.7 Examen de estos límites en lo que concierne al divorcio.
1.4.5 Leyes o estatutos reales.
1.4.5.1 Definición.
1.4.5.2 Leyes que pertenecen al estatuto real.
1.4.5.3 Principios generales que rigen en materia de estatutos reales.
1.4.5.4 Legislación nacional.
1.4.5.5 Justificación al principio que aplica a las sucesiones la ley real en lo que respecta a los inmuebles.
1.4.5.6 Doctrina moderna sobre el particular.
1.4.5.7 Ley que rige a las sucesiones cuando se componen de inmuebles sitos en diversas naciones.
1.4.5.8 Muebles: ley que los rige. Doctrina. Resolución conforme a nuestra legislación positiva.
1.4.6 Leyes relativas a las formalidades internas de los actos.
1.4.6.1 Definición.
1.4.6.2 Principio que rige en esta materia. Legislación nacional.
1.4.6.3 Ley que deben aplicar los tribunales cuando los extranjeros no expresan la ley a la cual quieren sujetar las formalidades de los actos que hayan de ejecutarse en México.
1.4.7 Leyes relativas a las formalidades externas de los actos.
1.4.7.1 Definición.
1.4.7.2 Principio que rige en esta materia. Legislación nacional.
1.4.7.3 Actos solemnes: se investiga si en éstos tiene aplicación la regla locus regit actum. Teoría de Laurent. Refutación.
1.4.7.4 Locus regit actum: se plantea la interrogante en cuanto a si la naturaleza de esta regla es imperativa o facultativa.
1.4.7.5 Contrato celebrado en el extranjero referido a inmuebles: ¿puede hacerse conforme a las formas de la ley del lugar de situación de dichos inmuebles?
1.4.7.6 Prueba de la existencia de las leyes y de la jurisprudencia extranjeras.
Capítulo 1.5 Aplicación e interpretación de las leyes.
1.5.1 Poder judicial: es el encargado de aplicar las leyes.
1.5.2 Deber de juzgar.
1.5.3 Aplicación de las leyes: casos que pueden presentarse con ese motivo.
1.5.4 Ley clara.
1.5.5 Ley oscura.
1.5.6 Falta de ley que aplicar. Art 20.
1.5.7 Art 20: es imperioso establecer si excluye o no, la aplicación analógica de la ley.
1.5.8 Leyes que establecen excepciones.
1.5.9 Principios generales del derecho: ¿qué debe entenderse por tales? Doctrina de Montiel y Duarte. Refutación.
1.5.10 Reglas de interpretación generalmente aceptadas.
Título 2 Personas.
Capítulo 2.1 Generalidades acerca de las personas.
2.1.1 Noción de persona.
2.1.2 División de las personas físicas y morales.
2.1.3 Estado de la persona.
2.1.4 División de las cualidades constitutivas del estado.
2.1.5 Cualidades naturales.
2.1.6 División de las personas por razón del nacimiento.
2.1.7 División de las personas por razón del sexo.
2.1.8 División de las personas por razón de la edad.
2.1.9 Cualidades civiles.
2.1.10 División de las personas por razón de su nacionalidad.
2.1.11 División de las personas por razón del lugar en que habitan.
2.1.12 División de las personas por razón de la familia.
2.1.13 División de las personas por razón de circunstancias que impiden el ejercicio de los derechos civiles.
Capítulo 2.2 mexicanos y extranjeros.
2.2.1 concepto de nacionalidad.
2.2.2 Maneras de adquirir la nacionalidad.
2.2.3 Nacionalidad de origen. Sistemas con respecto al modo de adquisición de esta nacionalidad.
2.2.4 Legislación nacional.
2.2.5 Época que debe atenderse para fijar la nacionalidad: poner en claro si es la de la concepción o es la del nacimiento.
2.2.6 Facultad del hijo de referir su nacionalidad a una u otra época, cuando el padre tenía una nacionalidad en la fecha de la concepción y otra en la del nacimiento.
2.2.7 Naturalización. Legislación nacional.
2.2.8 Justificación de los principios adoptados por el legislador mexicano sobre naturalización.
2.2.9 Mujer extranjera que se casa con un mexicano: debe determinarse si aquélla conserva o no, su nacionalidad de origen.
2.2.10 Mujer extranjera casada con mexicano: se indaga si en caso de enviudar recobra o no, su nacionalidad de origen.
2.2.11 Examen del art lo de la Ley de extranjería y naturalización, desde el punto de vista de su constitucionalidad. Opinión de Vallarta. Refutación.
2.2.12 Extranjeros: se definen criterios tendientes a establecer esa calidad. Legislación nacional.
2.2.13 Observaciones respecto al punto anterior.
2.2.14 Ciudadanos mexicanos: criterios para establecer tal calidad.
Legislación nacional.
2.2.15 Cambio de nacionalidad: no produce efectos retroactivos.
2.2.16 Derechos y obligaciones de los extranjeros según nuestras leyes.
2.2.17 Derechos políticos: se dice quiénes no gozan de tales derechos.
2.2.18 Arts 25 y 26. Opinión de Verdugo. Refutación.
2.2.19 Reciprocidad internacional en materia de derechos y obligaciones de extranjeros.
Capítulo 2.3 Domicilio.
2.3.1 Domicilio voluntario.
2.3.1.1 Concepto de domicilio.
2.3.1.2 Prueba de la intención. Art 209 del CPrC.
2.3.1.3 Unidad del domicilio.
2.3.1.4 Domicilio: nadie puede dejar de tener este atributo.
2.3.1.5 Consecuencias que resultan del principio anterior.
2.3.2 Domicilio voluntario. Concepto.
2.3.2.1 Domicilio de los empleados públicos.
2.3.2.2 Domicilio de los militares. Art 29; origen del precepto.
2.3.2.3 Domicilio de los menores de edad no emancipados y de los incapacitados.
2.3.2.4 Domicilio de la mujer casada.
2.3.2.5 Domicilio de los sirvientes.
2.3.2.6 Domicilio de los sentenciados a la pena de confinamiento.
2.3.3 Domicilio de las corporaciones. Razón por la que las corporaciones tienen domicilio. Art 36.
2.3.4 Domicilio de elección.
2.3.4.1 Concepto de este domicilio.
2.3.4.2 Domicilio: puede escogerse por convenio tácito.
2.3.4.3 Reglas a que está sujeto el domicilio de elección.
Título 3 Personas morales.
Capítulo 3.1 Personas morales.
3.1.1 Concepto de las personas morales.
3.1.2 Derechos del Estado respecto de estas personas.
3.1.3 Diferencias entre las personas físicas y las morales en cuanto al goce y ejercicio de sus derechos.
3.1.4 Arts 39 y 40.
3.1.5 Personalidad moral: formas en que la reconoce el Estado.
3.1.6 Personas morales: interrogante concerniente a si tienen o no, derechos fuera del Estado en que se han formado.
3.1.7 Ley que rige la capacidad de las personas morales en el extranjero.
3.1.8 Ley que rige el estado de las personas morales en el extranjero (continuación).
3.1.9 Personas morales: se pretende delimitar los criterios que permiten establecer cuál es su nacionalidad.
3.1.10 Personas morales reconocidas en nuestro derecho.
3.1.11 Personalidad del Estado.
3.1.12 Personalidad de la nación y los municipios.
3.1.13 Personalidad de las agrupaciones que se proponen fines de utilidad pública.
3.1.14 Personalidad de las sociedades civiles y mercantiles.
3.1.15 Personas civiles: no gozan de los privilegios que las leyes conceden a los incapacitados.
Título 4 Actas del estado civil.
Capítulo 4.1 Generalidades.
4.1.1 Definición del registro civil.
4.1.2 Importancia de esta institución.
4.1.3 Registro civil: antiguamente, estaba en manos de la iglesia. Inconvenientes de este sistema.
4.1.4 Secularización de las funciones del registro civil.
4.1.5 Antecedentes del registro civil en México.
Capítulo 4.2 Disposiciones generales sobre las actas del estado civil. División.
4.2.1 Manera de probar el estado civil.
4.2.1.1 Principio general.
4.2.1.2 Excepciones.
4.2.1.3 Primera excepción: art 45.
4.2.1.4 Segunda excepción: art 358.
4.2.1.5 Ley: determina si los casos de excepción establecidos por la misma tienen carácter limitativo o enumerativo.
4.2.2 Personas que intervienen en las actas del estado civil.
4.2.2.1 Jueces del registro.
4.2.2.2 Funciones que tienen los jueces del registro.
4.2.2.3 Competencia de los jueces del registro.
4.2.2.4 Manera de suplir las faltas temporales de los jueces del registro.
4.2.2.5 Juez del registro: caso en que es parte interesada en el acto que tiene que autorizar.
4.2.2.6 Testigos en las actas: se discute respecto a quiénes pueden serlo.
4.2.2.7 Partes interesadas en el acta: facultad de hacerse representar por apoderados; formas del poder. Crítica del art 52.
4.2.3 Estado civil.
4.2.3.1 Libros del registro.
4.2.3.2 Medidas para evitar fraudes en los libros del registro.
4.2.3.3 Intervención de la autoridad política en la vigilancia de los libros.
4.2.3.4 Anotaciones marginales en los libros.
4.2.3.5 Principio de publicidad.
4.2.4 Redacción de actas.
4.2.4.1 Principio fundamental que rige en esta materia.
4.2.4.2 Papel que desempeña el juez del registro en la redacción de las actas.
4.2.4.3 Sanción del art 51.
4.2.4.4 Reglas para la redacción de las actas: arts 50, 54, 55, 56 y 57.
4.2.4.5 Sanción de las reglas anteriores.
4.2.4.6 Actas defectuosas: no son nulas.
4.2.4.7 Acta: caso en que no está autorizada por el juez.
4.2.4.8 Juez: caso de incompetencia.
4.2.4.9 Firma del juez: caso en que falta ésta.
4.2.4.10 Firma de las partes: caso en que falta en el acta.
4.2.4.11 Actas: se analiza lo referente a su validez, si son levantadas fuera del registro.
4.2.4.12 Acto: se analiza el asunto de que si para su validez es indispensable la presencia de testigos.
4.2.5 Registros del estado civil: fe que hacen. Principio que rige en esta materia.
4.2.6 Estado civil de los mexicanos residentes en el extranjero: comprobación. Aplicación de la regla locus regit actum.
Capítulo 4.3 Actas de nacimiento.
4.3.1 Presentación al juez del registro del recién nacido: plazo en que debe hacerse; sanción.
4.3.2 Personas que deben declarar el nacimiento.
4.3.3 Información que debe contener el acta.
4.3.4 Omisión del nombre y apellido del niño que presenta el declarante: ¿qué debe hacerse en este supuesto?
4.3.5 Presentación de gemelos.
4.3.6 Recién nacido: caso en que hubiere muerto antes de su presentación al registro.
4.3.7 Presentación de niños abandonados.
4.3.8 Nacimiento en un viaje por mar o tierra.
4.3.9 Reglas para la redacción de las actas de nacimiento de los hijos legítimos.
4.3.10 Reglas para la redacción de las actas de nacimiento de los hijos naturales.
4.3.11 Reglas para la redacción de las actas de nacimiento de los hijos adulterinos o incestuosos.
4.3.12 Prohibición de hacer investigaciones sobre la paternidad.
Capítulo 4.4 Actas de reconocimiento de hijos naturales y designación de hijos espurios.
4.4.1 Definición de reconocimiento.
4.4.2 Formas en que se puede reconocer.
4.4.3 Reconocimiento ante el juez del registro.
4.4.4 Requisitos que debe contener el acta, si el reconocimiento se hace al mismo tiempo que la presentación.
4.4.5 Reconocimiento posterior al registro de nacimiento.
4.4.6 Reconocimiento hecho por escritura pública, por testamento o por confesión judicial o extrajudicial: necesidad de registrar el acto.
4.4.7 Sanción a que da lugar la falta de registro.
4.4.8 Anotaciones de las actas de nacimiento y reconocimiento.
4.4.9 Designación de los hijos espurios.
Capítulo 4.5 Actas de tutela.
4.5.1 Objeto de la tutela: maneras de deferirse. Auto de discernimiento judicial.
4.5.2 Necesidad de presentar al registro civil copia certificada del auto de discernimiento.
4.5.3 Noticias que debe contener el acta de tutela.
4.5.4 Efectos que produce la omisión del registro de tutela.
4.5.5 Anotación del acta de nacimiento del incapacitado.
Capítulo 4.6 Actas de emancipación.
4.6.1 Noción sobre la emancipación. Formas en que puede hacerse.
4.6.2 Disposiciones legales concernientes a la materia.
Capítulo 4.7 Actas de matrimonio.
4.7.1 Razón de ser e importancia de las formalidades del matrimonio.
4.7.2 Clasificación y objeto de dichas formalidades.
4.7.3 Presentación de los esposos ante el juez del registro.
4.7.4 Requisito de publicación: objeto; manera de llenarse.
4.7.5 Publicidad: no es de la esencia del matrimonio. Dispensa de publicaciones: casos en que procede.
4.7.6 Denuncia de impedimentos: disposiciones legales relativas.
4.7.7 Requisitos que acompañan a la celebración del matrimonio: disposiciones legales relativas.
Capítulo 4.8 Actas de defunción.
4.8.1 Importancia de estas actas.
4.8.2 Exposición general sobre las disposiciones concernientes a esta materia.
4.8.3 Preceptos legales relativos.
Capítulo 4.9 Rectificación de las actas del estado civil.
4.9.1 Principios generales.
4.9.2 Rectificación: casos en que procede.
4.9.3 Juez competente para conocer la rectificación.
4.9.4 Juicio de rectificación: disposiciones relativas del código.
4.9.5 Sentencia de rectificación: fe que produce.
4.9.6 Personas que pueden pedir la rectificación.
Título 5 Matrimonio.
Capítulo 5.1 Generalidades.
5.1.1 Importancia del matrimonio: idealidad y fines que persigue.
Capítulo 5.2 Requisitos necesarios para contraer matrimonio.
5.2.1 Definición legal del matrimonio.
5.2.2 Carácter moral de las relaciones que engendra el matrimonio: consecuencia que de tal carácter deriva.
5.2.3 Solemnidad del matrimonio.
5.2.4 Promesas de matrimonio.
5.2.5 Condiciones contrarias a los fines del matrimonio.
5.2.6 Impedimentos del matrimonio. Definición.
5.2.6.1 Impedimento por causa de incapacidad. Razón de ser de este impedimento. División.
5.2.6.2 Impedimento por falta de consentimiento de los padres, tutores o jueces.
5.2.6.3 Impedimento por causa de vicios en el consentimiento de los esposos.
5.2.6.4 Impedimento por razón del parentesco. Definición y división.
5.2.6.5 Impedimento por causa de crimen.
5.2.6.6 Impedimento por causa de matrimonio preexistente.
5.2.6.7 Impedimentos dispensables y no dispensables.
5.2.6.8 Impedimentos de matrimonio entre el tutor, el curador o sus descendientes y la incapacitada.
5.2.7 Matrimonio de extranjeros en México y de mexicanos y de extranjeros fuera de la República.
5.2.7.1 Matrimonios celebrados por mexicanos en el extranjero.
5.2.7.2 Matrimonios celebrados por extranjeros en México.
5.2.7.3 Matrimonios celebrados por extranjeros en el extranjero.
Capítulo 5.3 Parentesco, sus líneas y grados.
5.3.1 Parentescos reconocidos en el antiguo derecho por el código.
5.3.2 Definiciones.
5.3.3 Grado y línea.
5.3.4 Línea recta y transversal.
5.3.5 Grados: cómo se computan.
5.3.6 División de la línea de parentesco colateral, en igual y desigual.
Capítulo 5.4 Derechos y obligaciones que nacen del matrimonio.
5.4.1 Generalidades.
5.4.1.1 Exposición.
5.4.1.2 Condición de la mujer en la antigua Roma.
5.4.1.3 Evolución operada en la condición de la mujer.
5.4.1.4 Condición de la mujer en las legislaciones modernas.
5.4.1.5 Distintas misiones que tienen el hombre y la mujer en el matrimonio. Fundamentos que deben tener las distinciones legales que se hagan en cuanto a los derechos de los esposos.
5.4.2 Deber de fidelidad.
5.4.2.1 Concepto distinto que tiene el legislador de la fidelidad según que se trate del marido o de la esposa.
5.4.2.2 Pretendida justificación de esta diversidad de conceptos.
5.4.2.3 Refutación.
5.4.3 Deber de ayuda mutua.
5.4.3.1 Ayuda mutua: se establece en qué consiste el deber de ésta. Pothier.
5.4.3.2 Obligación de los esposos de darse alimentos.
5.4.3.3 Mujer: cuándo pesa esa obligación sobre ella.
5.4.3.4 Alimentos: qué es lo que comprenden.
5.4.3.5 Deber de dar alimentos: forma de cumplir con él.
5.4.3.6 Deber del esposo de proteger a su mujer.
5.4.4 Deber de obediencia.
5.4.4.1 Principio de absoluta sumisión de la mujer al marido.
5.4.4.2 Crítica del principio anterior.
5.4.5 Vida en común.
5.4.5.1 Obligación de la mujer de vivir con su marido.
5.4.5.2 Excepciones a la anterior obligación.
5.4.5.3 Sanción que tiene aquel deber. Diversas opiniones.
5.4.5.4 Obligación de la mujer de seguir a su marido. Excepciones. Art 195.
5.4.5.5 Crítica de las excepciones establecidas por la ley.
5.4.5.6 Facultad de los tribunales para eximir a la mujer de la obligación de seguir a su esposo al extranjero.
5.4.5.7 Art 195: cómo debe entenderse la parte final de éste.
5.4.6 Incapacidad de la mujer.
5.4.6.1 Fundamento de la incapacidad de la mujer casada.
5.4.6.2 Incapacidad de la mujer casada: se determina si está o no justificada. D’Aguanno.
5.4.6.3 Facultad del esposo de administrar los bienes de su consorte.
5.4.6.4 Extensión de la incapacidad de la mujer casada.
5.4.6.5 Actos judiciales. Art 197.
5.4.6.6 Actos extrajudiciales. Art 198.
5.4.6.7 Obligaciones provenientes de los delitos y los cuasidelitos.
5.4.6.8 Obligaciones derivadas de los cuasicontratos, cuando provienen de un hecho ajeno.
5.4.6.9 Autorización marital. Definición.
5.4.6.10 Autorización judicial.
5.4.6.11 Mujer: casos en que no necesita licencia del marido ni autorización judicial.
5.4.6.12 Nulidad de los actos ejecutados por la mujer sin licencia marital ni autorización judicial.
Capítulo 5.5 Alimentos.
5.5.1 Fundamento del derecho de alimentos.
5.5.2 Alimentos: lo que comprenden.
5.5.3 Derecho a los alimentos: esencialmente personal y, por tanto, intransferible.
5.5.4 Iguales caracteres tiene la obligación alimenticia.
5.5.5 Alimentos: no pueden ser objeto de transacciones ni renuncias.
5.5.6 Sentido en que debe entenderse el principio anterior.
5.5.7 Pago de alimentos: manera en que se hace. Doctrina extranjera. Doctrina y jurisprudencia nacionales. Opinión del autor.
5.5.8 Criterio para fijar el tanto de la deuda alimenticia.
5.5.9 Mala conducta del acreedor alimentario: no es obstáculo para que exija alimentos, si está en la necesidad.
5.5.10 Monto de los alimentos: es esencialmente variable.
5.5.11 Deuda alimenticia: se pregunta respecto a si es o no es solidaria.
5.5.12 Indagación referida a si la deuda alimenticia es o no es indivisible.
5.5.13 Alimentos pagados por un extraño: se trata de establecer si son o no son exigibles al deudor alimentista.
5.5.14 Deudor alimentista: se pretende analizar si se puede o no exigir al deudor alimentario lo pagado por alimentos, cuando este último ha mejorado de fortuna.
5.5.15 Deuda alimenticia: no es compensable.
5.5.16 Deuda alimenticia: es imprescriptible.
5.5.17 Reciprocidad de la obligación alimenticia.
5.5.18 Obligación entre los esposos de darse alimentos.
5.5.19 Deber alimenticio entre los cónyuges: forma en que se llena.
5.5.20 Hipótesis con motivo del pago de los alimentos entre los esposos de forma de pensión.
5.5.21 Separación legal: casos que pueden presentarse.
5.5.22 Separación provisional de los esposos por consecuencia de una demanda de divorcio o de nulidad de matrimonio.
5.5.23 Subsiste o no, la obligación del marido de pagar una pensión alimenticia a su mujer durante los juicios de divorcio o de nulidad, cuando la mujer no tiene necesidad de alimentos.
5.5.24 Separación en virtud de una sentencia de divorcio.
5.5.25 Separación por causa de enfermedad.
5.5.26 Separación de hecho: casos que pueden presentarse.
5.5.27 Hipótesis de una separación convencional con estipulación de pagar alimentos.
5.5.28 Esposos: caso en que uno de ellos se ve obligado por causa de su consorte a vivir fuera de la casa común.
5.5.29 Esposo: caso en que se niega a recibir a su mujer.
5.5.30 Obligación alimenticia entre los padres y los hijos.
5.5.31 Hijo natural reconocido: ¿tiene o no, derecho para reclamar alimentos a sus ascendientes?
5.5.32 Límites de la deuda alimenticia de los padres para con los hijos.
5.5.33 Alimentos debidos por el padre al hijo, cuando aquél es usufructuario de los bienes de éste.
5.5.34 Obligación de los hijos y descendientes de dar alimentos a sus padres y ascendientes.
5.5.35 Hijos naturales reconocidos y los espurios designados: sólo tienen obligación de dar alimentos al padre que los hubiere reconocido o designado.
5.5.36 Obligación alimenticia entre los hermanos.
5.5.37 Límites de la deuda alimenticia entre los hermanos.
5.5.38 Derecho de pedir el aseguramiento de los alimentos.
5.5.39 Acreedor alimentario: en caso de concurso y estando garantizado su crédito con hipoteca, tiene derechos de preferencia sobre los demás.
5.5.40 Personas que pueden pedir la aseguración de alimentos.
5.5.41 Nombramiento de un tutor interino: caso en que es necesario para pedir dicha aseguración.
5.5.42 Obligación alimenticia: se propone establecer cuándo es que cesa.
5.5.43 Distinción entre los alimentos fundados en el parentesco y los que proceden de contrato.
Capítulo 5.6 Divorcio. Generalidades.
5.6.1 Definición.
5.6.2 Antecedentes.
5.6.3 Razones en pro y en contra del divorcio.
5.6.4 Sistema adoptado por el legislador mexicano.
5.6.5 Causas de divorcio.
5.6.5.1 Adulterio.
5.6.5.2 Nacimiento de un hijo ilegítimo.
5.6.5.3 Propuesta del marido para prostituir a la mujer.
5.6.5.4 Incitación para la comisión de un delito.
5.6.5.5 Conato para la corrupción de los hijos.
5.6.5.6 Abandono del domicilio conyugal.
5.6.5.7 Sevicia, amenazas e injurias graves.
5.6.5.8 Acusación falsa de un cónyuge contra el otro.
5.6.5.9 Negativa a suministrar alimentos.
5.6.5.10 Vicios incorregibles de juego o embriaguez.
5.6.5.11 Enfermedad de los esposos.
5.6.5.12 Infracción de las capitulaciones matrimoniales.
5.6.5.13 Mutuo consentimiento.
5.6.6 Acción de divorcio.
5.6.6.1 Personas que pueden intentar esta acción.
5.6.6.2 Divorcio: ¿el tutor de esposo interdicto o su curador puede o no, demandar el divorcio?
5.6.7 Excepciones del divorcio.
5.6.7.1 Excepciones que proceden contra el divorcio.
5.6.7.2 Perdón y remisión.
5.6.7.3 Perdón: no necesita ir acompañado de la reconciliación de los esposos.
5.6.7.4 Perdón: debe recaer sobre hechos conocidos.
5.6.7.5 Perdón: maneras de otorgarlo.
5.6.7.6 Reconciliación de los cónyuges.
5.6.7.7 Reconciliación: extingue los efectos del divorcio en cualquier tiempo en que tenga lugar.
5.6.7.8 Reconciliación: puede ser tácita.
5.6.7.9 Verdugo: confusión que hace entre la separación provisional de los consortes y el depósito de la mujer.
5.6.7.10 Presunción de reconciliación fundada en el nacimiento de un hijo después de la demanda de divorcio.
5.6.7.11 Matrimonio: ¿puede o no, reanudarse éste por la sola voluntad del cónyuge que pidió el divorcio?
5.6.7.12 Prescripción.
5.6.7.13 Cómputo del plazo de la prescripción.
5.6.7.14 Excepciones: ¿existen o no otras excepciones fuera de las admitidas por la ley?
5.6.8 Medidas provisionales que preceden al divorcio.
5.6.8.1 Art 244. Razón de las medidas que establece.
5.6.8.2 Separación de los cónyuges.
5.6.8.3 Depósito de la mujer.
5.6.8.4 Depósito: ¿la casa en que éste se efectúe debe o no, estar situada en el mismo territorio donde el juez ejerce su jurisdicción?
5.6.8.5 Domicilio conyugal: ¿el marido puede ser separado de tal domicilio?
5.6.8.6 Medidas que se deben adoptar en relación con los hijos.
5.6.8.7 Señalamiento y aseguramiento de alimentos de la mujer y de los hijos que no queden en poder del padre.
5.6.8.8 Medidas que deben tomarse en relación con los bienes. Doctrina y jurisprudencia nacionales. Opinión del autor.
5.6.8.9 Medidas respecto de las mujeres que quedan encinta.
5.6.9 Efectos del divorcio. Principios generales.
5.6.9.1 Efectos del divorcio entre los esposos.
5.6.9.2 Efectos del divorcio en cuanto a los hijos.
5.6.9.3 Efectos del divorcio en cuanto a los bienes.
5.6.10 Efectos que produce la muerte de uno de los esposos en el pleito de divorcio.
5.6.10.1 Divorcio: se desea establecer cuándo cesa el pleito entablado por su causa. Muerte de uno de los esposos.
5.6.11 Disposiciones concernientes al juicio de divorcio.
5.6.11.1 Arts 255 y 256. Fundamentos.
Capítulo 5.7 Matrimonios nulos e ilícitos.
5.7.1 Condiciones de inexistencia, de nulidad y de ilicitud del matrimonio.
5.7.2 Matrimonios inexistentes.
5.7.2.1 Distinción entre actos inexistentes y nulos: no es reconocida expresamente por el código.
5.7.2.2 Fundamentos científicos de tal distinción.
5.7.2.3 Examen de la distinción desde el punto de vista de la legislación positiva.
5.7.2.4 Elementos cuya ausencia produce inexistencia del matrimonio.
5.7.2.5 Diferencia de sexos.
5.7.2.6 Falta de consentimiento.
5.7.2.7 Falta de solemnidad.
5.7.2.8 Consecuencias distintas de la inexistencia y de la nulidad.
5.7.2.9 Matrimonios inexistentes: a diferencia de los nulos, los matrimonios inexistentes no producen ningún efecto.
5.7.2.10 Consecuencias que derivan del principio anterior.
5.7.2.11 Inexistencia: no requiere sentencia que la declare; la nulidad: sí.
5.7.2.12 Tratamientos que recibe el principio anterior.
5.7.2.13 Inexistencia: cualquiera puede hacerla valer. Acción de nulidad: sólo corresponde a determinadas personas.
5.7.2.14 Matrimonios inexistentes: a diferencia de los nulos: no son susceptibles de ratificación.
5.7.3 Matrimonios nulos o anulables.
5.7.3.1 Principio de acuerdo con el cual no hay nulidad sin texto que la establezca
5.7.3.2 Principio según el cual el matrimonio es nulo a partir de que una sentencia así lo declare.
5.7.3.3 Consecuencias del principio anterior.
5.7.3.4 Principio conforme el cual el derecho de demandar la nulidad, sólo pertenece a las personas designadas en la ley.
5.7.3.5 Distinción de las nulidades en absolutas y relativas. Consecuencias de esa distinción.
5.7.3.6 Acción de nulidad: es intransferible.
5.7.4 Causas de nulidad. Texto del art 257.
5.7.5 Nulidad relativa: causas. Enumeración de éstas.
5.7.5.1 Error.
5.7.5.2 Fuerza o miedo graves.
5.7.5.3 Locura.
5.7.5.4 Falta de consentimiento de los ascendientes.
5.7.5.5 Impotencia.
5.7.6 Nulidad absoluta: causas. Enumeración de éstas.
5.7.6.1 Impubertad.
5.7.6.2 Incesto.
5.7.6.3 Bigamia.
5.7.6.4 Crimen.
5.7.6.5 Falta de formalidades.
5.7.7 Efectos de la anulación del matrimonio. Principio general; excepción. División.
5.7.7.1 Matrimonio nulo: efectos en el caso en que no ha habido buena fe de parte de ninguno de los cónyuges. División.
5.7.7.2 Efectos de la nulidad con respecto a los esposos.
5.7.7.3 Efectos de la nulidad en relación con los hijos.
5.7.7.4 Efectos de la nulidad respecto a los terceros.
5.7.7.5 Efectos del matrimonio nulo cuando ha habido buena fe de parte de uno o de ambos cónyuges. Matrimonio putativo.
5.7.7.6 Efectos del matrimonio putativo en relación con los esposos, cuando ambos son de buena fe.
5.7.7.7 Efectos del matrimonio putativo en relación con los esposos, cuando uno solo de ellos es de buena fe.
5.7.7.8 Efectos del matrimonio putativo en relación con los hijos.
5.7.7.9 Efectos del matrimonio putativo respecto a los terceros.
5.7.8 Medidas provisionales que deben tomarse durante el juicio de nulidad.
5.7.8.1 Texto de los arts 281 y 244.
5.7.8.2 Medidas adoptadas por la ley: deben tomarse, sólo si la nulidad es promovida por uno de los cónyuges.
5.7.9 Transcripción de la sentencia de nulidad. Art 277. Fundamentos de dicho precepto.
5.7.9.1 Matrimonios ilícitos.
Título 6 Paternidad y filiación.
Capítulo 6.1 Generalidades acerca de la paternidad y la filiación.
6.1.1 Definiciones de “paternidad”, “maternidad” y “filiación”.
6.1.2 Filiación natural, adoptiva y legítima. Subdivisión de la filiación natural en natural simple y en adulterina e incestuosa.
6.1.3 Consecuencias distintas que producen las diversas filiaciones.
6.1.4 Razón de esas distintas consecuencias.
Capítulo 6.2 Hijos legítimos. Principios generales.
6.2.1 Definición de la filiación legítima.
6.2.2 Elementos que componen la filiación legitima.
6.2.3 Pruebas que necesita rendir el hijo para probar su filiación legítima.
6.2.4 Filiación materna y matrimonio: son hechos fáciles de probar; no así la filiación paterna y la concepción durante el matrimonio. Dificultades para probar estos hechos.
6.2.5 Sistema adoptado por el legislador para probar la paternidad y la concepción durante el matrimonio: pruebas presuncionales.
6.2.6 Naturaleza de las presunciones aceptadas por el legislador.
6.2.7 Plazos de gestación: manera de computarlos. Diversas teorías.
6.2.8 Hijos legítimos: hay dos clases: los concebidos y nacidos en el matrimonio y los nacidos durante el matrimonio y concebidos antes.
6.2.9 Hijos nacidos y concebidos durante el matrimonio.
6.2.9.1 Hijos que se presumen legítimos.
6.2.9.2 Presunción de legitimidad: sólo puede ser destruida por pruebas inequívocas.
6.2.9.3 Imposibilidad física de acceso entre el hombre y la mujer durante el periodo hábil de la concepción.
6.2.9.4 Manera de entender el concepto imposibilidad física: alejamiento.
6.2.9.5 Enfermedad del esposo: impotencia.
6.2.9.6 Adulterio de la mujer: ¿cuándo el adulterio de la mujer puede destruir la presunción de paternidad?
6.2.9.7 Legislación nacional.
6.2.9.8 Prueba del adulterio.
6.2.9.9 Elementos que deben concurrir en el adulterio para fundar la acción de desconocimiento.
6.2.9.10 Ocultación del nacimiento.
6.2.9.11 Manera de probar la ocultación del nacimiento.
6.2.9.12 Ocultación del embarazo: ¿esto basta para fundar el desconocimiento?
6.2.9.13 Acción de desconocimiento, cuando el embarazo ha sido dado a conocer al marido y el parto se le ha ocultado.
6.2.9.14 Ausencia del marido durante diez meses.
6.2.9.15 Prueba de otros hechos distintos de los establecidos por la ley para fundar la acción de desconocimiento.
6.2.9.16 Estado del hijo nacido después de pronunciada la sentencia de divorcio, o del auto que acuerda la separación provisional en el divorcio o nulidad de matrimonio.
6.2.10 Hijos nacidos durante el matrimonio y concebidos antes de su celebración.
6.2.10.1 Legitimidad: la ley reputa legítimo al hijo concebido antes del matrimonio y nacido después de su celebración.
6.2.10.2 Diferencia entre esta legitimidad y la de los hijos concebidos y nacidos en el matrimonio.
6.2.10.3 Verdadero estado del hijo nacido durante el matrimonio y concebido antes.
6.2.10.4 Hijo concebido antes del matrimonio: no puede invocar su legitimidad, sino desde la fecha de aquél.
6.2.10.5 Padre: casos en que el padre no puede desconocer la legitimidad del hijo nacido dentro de los ciento ochenta días de su matrimonio.
6.2.10.6 Conocimiento del marido del embarazo de su futura consorte.
6.2.10.7 Asistencia al acta de nacimiento.
6.2.10.8 Reconocimiento del hijo.
6.2.10.9 Inviabilidad del hijo.
6.2.10.10 Desconocimiento por parte del padre de la legitimidad del hijo nacido dentro de los ciento ochenta días del matrimonio.
6.2.10.11 Hijo: ¿puede rendir pruebas encaminadas a demostrar que la persona que lo desconoce es su padre?
6.2.11 Hijos concebidos después de la disolución del matrimonio.
6.2.11.1 Estado de estos hijos.
6.2.11.2 Examen de la cuestión en nuestro derecho. Opinión de Verdugo. Refutación.
6.2.12 Estado del hijo en los casos de confusión de parto.
6.2.12.1 Filiación del hijo nacido después de ciento ochenta días de la celebración de un segundo matrimonio y dentro de los trescientos de la disolución del primero.
6.2.12.2 Diversas teorías en el derecho extranjero para resolver las dificultades de este tipo de filiación.
6.2.12.3 Manera de resolverlas en la legislación nacional.
6.2.12.4 Crítica.
6.2.13 Acciones concernientes a la filiación.
6.2.13.1 Elementos que concurren a formar la filiación legítima.
6.2.13.2 Acción de denegación de estado: acción de desconocimiento, de denegación de paternidad y de denegación de estado.
6.2.13.3 Definición de la acción de desconocimiento.
6.2.13.4 Definición de la acción de denegación de paternidad.
6.2.13.5 Definición de la acción de denegación de estado.
6.2.13.6 Importancia de la distinción anterior.
6.2.13.7 Acción de reclamación de estado.
6.2.13.8 Acción de desconocimiento.
6.2.13.9 Acción de denegación de paternidad.
6.2.13.10 Disposiciones procesales comunes a las acciones de desconocimiento y denegación de paternidad.
Capítulo 6.3 Pruebas de la filiación de los hijos legítimos.
6.3.1 Prueba de la filiación legítima por el acta de nacimiento.
6.3.1.1 Acta de nacimiento: verdaderamente sólo prueba la filiación materna.
6.3.1.2 Identidad del hijo: no resulta probada de aquella acta.
6.3.1.3 Requisitos que debe tener el acta de nacimiento para hacer fe.
6.3.1.4 Acta de nacimiento levantada fuera del plazo correspondiente. Fuerza legal de ésta.
6.3.1.5 Fuerza probatoria del acta. Efectos que produce en ella, el hecho de que el nacimiento sea declarado por personas distintas a las designadas en la ley.
6.3.1.6 Fuerza probatoria del acta. Influencia que ejercen en ella, el error en las enunciaciones o la omisión de éstas.
6.3.1.7 Acta. Qué prueba ésta cuando el hijo se registra como nacido de padres desconocidos.
6.3.1.8 Hijo: caso en que no le es indispensable presentar el acta de matrimonio de sus padres para probar su legitimidad.
6.3.2 Prueba de la filiación legítima por la posesión de estado.
6.3.2.1 Prueba de la filiación por la posesión de estado. Casos en que se puede acudir a esta prueba.
6.3.2.2 Carácter excepcional de la prueba de la filiación por la posesión de estado: se inquiere si tal carácter es o no, justificado.
6.3.2.3 Concepto de la posesión de estado de hijo legítimo.
6.3.2.4 Posesión de estado: ¿es factible probar ésta por hechos distintos a los enumerados por la ley?
6.3.2.5 Posesión de estado, a diferencia del acta de nacimiento: prueba la identidad y la paternidad.
6.3.2.6 Posesión de estado: no hace prueba de la legitimidad.
6.3.2.7 Prueba de la posesión de estado: no es admisible, cuando existe el acta de nacimiento.
6.3.3 Prueba de la filiación legítima por la concurrencia del acta de nacimiento y la posesión de estado.
6.3.3.1 Fuerza probante del acta de nacimiento acompañada de la posesión de estado.
6.3.3.2 Filiación comprobada por el acta de nacimiento y la posesión de estado: ¿puede atacarse dicha filiación, si no hay identidad entre la persona a que se refiere el acta y la que tiene la posesión de estado?
6.3.3.3 Concurrencia del acta de nacimiento y la posesión de estado: no es obstáculo para impugnar la legitimidad del hijo.
6.3.4 Prueba de la filiación legítima por los medios ordinarios de prueba que establece el derecho común.
6.3.4.1 Filiación: casos en que puede probarse por los medios ordinarios de prueba del derecho común.
6.3.4.2 Prueba: naturaleza de los hechos acerca de los cuales versa la prueba, cuando se rinde en los casos antes tratados.
6.3.4.3 Filiación materna: suponiéndola probada en relación con el esposo, se indaga si la presunción de paternidad tiene la misma fuerza que en el caso de estar probada aquélla por el acta de nacimiento.
6.3.4.4 Legitimidad: debe probarse con el acta de matrimonio.
6.3.4.5 Sentencia que declare la filiación: debe transcribirse.
6.3.5 Acciones de reclamación y denegación de estado.
6.3.5.1 Acción de reclamación de estado.
6.3.5.2 Acción de denegación de estado.
Capítulo 6.4 Legitimación. Principios generales.
6.4.1 Concepto de legitimación: manera en que ésta se opera.
6.4.2 Legitimación: se debe determinar si es ficción o es realidad.
6.4.3 Legitimación: obra de la ley.
6.4.4 Hijo: puede contradecir el estado que le da la legitimación, atacando el reconocimiento en que se fundó o la validez del matrimonio de los padres.
6.4.5 Condiciones de la legitimación.
6.4.5.1 Matrimonio de los padres y reconocimiento del hijo.
6.4.5.2 Primera condición: el matrimonio de los padres.
6.4.5.3 Existencia de un matrimonio que media entre la concepción o nacimiento del hijo y el matrimonio que opera la legitimación: se determina si aquél es o no, obstáculo para ésta.
6.4.5.4 Segunda condición: reconocimiento del hijo.
6.4.5.5 Reconocimiento verificado con posterioridad al matrimonio: no es obstáculo para la legitimación.
6.4.5.6 Legitimación: basta el reconocimiento del padre, si en el acta de nacimiento consta el nombre de la madre; o el reconocimiento tan sólo de ésta, si en el acta de nacimiento se enuncia el nombre del padre.
6.4.5.7 Reconocimiento: debe ser hecho con las formalidades legales.
6.4.5.8 Reconocimiento verificado después del matrimonio: ¿desde cuándo surte efectos?
6.4.5.9 Reconocimiento forzado o judicial: produce los mismos efectos que el reconocimiento voluntario.
6.4.6 Hijos que pueden ser legitimados.
6.4.6.1 Texto de los arts 325 y 328.
6.4.6.2 Interpretación del art 328. Dificultades a que puede dar lugar su redacción.
6.4.6.3 Hijo natural: para saber si puede ser legitimado, hay que atender al momento de la concepción.
6.4.6.4 Época de la concepción: criterio para determinarlo.
6.4.6.5 Buena fe de uno de los padres en la época de la concepción: ¿ejerce alguna influencia en la legitimación?
6.4.6.6 Legitimación del hijo muerto antes del matrimonio de sus padres: se puede o no, efectuar tal legitimación.
6.4.6.7 Hijos no nacidos al celebrarse el matrimonio de los padres: ¿dichos hijos pueden o no, ser legitimados? Dificultades a que puede dar lugar el art 334.
6.4.7 Efectos de la legitimación.
6.4.7.1 Hijos legitimados: no gozan de los beneficios de la legitimidad, sino desde la fecha del matrimonio de sus padres. Consecuencia de este principio.
6.4.7.2 Legitimación: aprovecha a los descendientes del hijo legitimado.
Capítulo 6.5 Reconocimiento de los hijos naturales y de la designación de los hijos espurios.
6.5.1 Concepto de filiación natural.
6.5.2 Principios que rigen a la filiación natural en relación con los que rigen a la filiación legítima.
6.5.3 Razones que se dan para justificar el poco favor con que la ley ve a los hijos que no son legítimos. Refutación.
6.5.4 Pruebas de la filiación natural. Reconocimiento voluntario o forzado. Reconocimiento voluntario.
6.5.5 Hijos que pueden ser reconocidos.
6.5.5.1 Pueden reconocer al hijo natural solamente el padre y la madre.
6.5.5.2 Formas en que se ha de hacer el reconocimiento.
6.5.5.3 Efectos que produce el reconocimiento voluntario.
6.5.5.4 Personas que pueden atacar el reconocimiento y de las causas porque pueden hacerlo.
6.5.6 Reconocimiento forzado o judicial. Principios generales.
6.5.6.1 Investigación de la paternidad.
6.5.6.2 Investigación de la maternidad.
6.5.6.3 Acciones de investigación de la paternidad y de la maternidad.
6.5.6.4 Efectos del reconocimiento forzado.
6.5.7 Efectos de la filiación natural.
6.5.7.1 Distinción entre los efectos de la filiación y los efectos del reconocimiento.
6.5.7.2 Hijos naturales reconocidos: son colocados en un grado de inferioridad muy grande en relación con los hijos legítimos.
6.5.7.3 Diferencias en la legislación entre los hijos legítimos y los naturales reconocidos: no afectan los derechos civiles de éstos.
6.5.7.4 Relaciones de parentesco que hace nacer el reconocimiento.
6.5.7.5 Filiación natural: se quiere saber si tal filiación crea o no, parentesco entre los padres del hijo reconocido y los descendientes de éste último.
6.5.7.6 Derechos y obligaciones que derivan del parentesco que hace nacer el reconocimiento entre el hijo y el padre o padres que lo hayan reconocido.
6.5.7.7 Efectos que se producen con motivo del reconocimiento: son propiamente efectos, no del reconocimiento sino de la filiación natural.
6.5.8 Filiación espuria.
6.5.8.1 Designación de los hijos espurios.
6.5.8.2 Designación: formas en que se puede hacer.
6.5.8.3 Disposiciones concernientes al reconocimiento: en términos generales, son aplicables a la designación.
6.5.8.4 Derechos que concede la designación: son inferiores a los que otorga el reconocimiento a los hijos naturales.
Título 7 Menor de edad.
Capítulo 7.1 Generalidades acerca del menor de edad.
7.1.1 Menores de edad: son aquellos que no han cumplido veintiún años. Razón por la que se ha fijado la minoría hasta esa edad.
Título 8 Patria potestad.
Capítulo 8.1 Generalidades.
8.1.1 Concepto de patria potestad en el derecho romano primitivo. Evolución que ha tenido con los tiempos.
8.1.2 Concepto de patria potestad en el derecho moderno.
8.1.3 Disposiciones legales en relación a la patria potestad, cuando de su aplicación surgen conflictos entre el padre y los hijos.
8.1.4 Tiempo que dura la patria potestad.
8.1.5 Incapacidad del que está sujeto al poder paterno para comparecer en juicio y obligarse.
8.1.6 Disposiciones de la patria potestad: son de orden público. Consecuencias que derivan de este principio.
8.1.7 División.
Capítulo 8.2 Efectos de la patria potestad respecto de las personas de los hijos, de las personas que la ejercen y de los bienes de los hijos.
8.2. Exposición de las materias de que trata este capítulo.
8.2.2 Efectos de la patria potestad sobre las personas de los hijos.
8.2.2.1 Obligación de los hijos de honrar y respetar a sus padres y demás ascendientes. Art 360 del código.
8.2.2.2 Facultades que tienen los padres sobre los hijos.
8.2.2.3 Derecho de vigilancia.
8.2.2.4 Derecho de educación.
8.2.2.5 Derecho de corrección.
8.2.3 Personas que tienen el ejercicio de la patria potestad.
8.2.3.1 Enumeración de las personas que tienen el ejercicio del poder paterno. Arts 366 y 367.
8.2.3.2 Patria potestad: nunca puede estar en manos de dos personas.
8.2.3.3 Interdicción y ausencia: deben haber sido judicialmente declaradas para que la patria potestad pueda pasar de la persona del interdicto o del ausente a otra persona.
8.2.3.4 Poder paterno: enumeración incompleta que el art 367 hace de los casos en que su ejercicio pasa de una persona a otra.
8.2.3.5 Ascendientes que ejercen el poder paterno tienen las mismas facultades que los padres.
8.2.3.6 Poder paterno respecto de los hijos naturales reconocidos: se determina a quién le corresponde.
8.2.4 Personas sujetas a la patria potestad.
8.2.4.1 Patria potestad: en el derecho moderno, se ejerce tanto sobre los hijos legítimos como sobre los legitimados y los naturales reconocidos.
8.2.4.2 Patria potestad: se pregunta si se ejerce sobre los hijos espurios.
Capítulo 8.3 Efectos de la patria potestad respecto de los bienes del hijo.
8.3.1 Justificación de los derechos que confiere la patria potestad respecto de los bienes del hijo.
8.3.2 Derechos que concede la patria potestad sobre los bienes de las personas sometidas a ella.
8.3.3 Clasificación de los bienes del hijo sujeto al poder paterno.
8.3.4 Derecho de administración legal.
8.3.4.1 Facultades que tienen los padres o ascendientes, cuando ejercen el poder paterno como administradores legales de los bienes de sus hijos o descendientes.
8.3.4.2 Administración legal: casos en los que termina.
8.3.4.3 Obligación de rendir cuentas: los padres o ascendientes están sujetos a ella por su gerencia como administradores legales de los bienes de sus hijos o descendientes.
8.3.4.4 Administración legal: se trata de averiguar si ésta puede ser modificada o derogada por convenios particulares.
8.3.4.5 Providencias de la ley para el caso de que surjan conflictos entre los intereses del padre y del hijo.
8.3.4.6 Nombramiento del tutor: forma en que debe hacerse, a efecto de representar al hijo en los casos en que sus intereses sean opuestos a los del padre.
8.3.4.7 Padre: puede celebrar un contrato de venta con su hijo, cuando éste es representado en el acto por un tutor especial.
8.3.4.8 Restricción de las facultades de administración del hijo, cuando esta administración le corresponde por ley o por la voluntad del padre.
8.3.5 Derecho de usufructo legal.
8.3.5.1 Concepto del usufructo legal.
8.3.5.2 Puntos de contacto y de diferencia que hay entre el usufructo legal y el ordinario. Consecuencias.
8.3.5.3 Razón por la que el usufructuario legal está exento de la obligación de dar fianza.
8.3.5.4 Obligación del usufructuario de hacer inventario.
8.3.5.5 Usufructo legal: no puede ser materia de convenios.
8.3.5.6 Usufructo legal: no es renunciable. Aparente contradicción de este principio con los arts 376, 377 y 383.
8.3.5.7 Testador: cuando instituye herederos de sus bienes a unos menores, y del usufructo al padre o ascendiente, éste se rige por las reglas del usufructo legal o por las del ordinario.
8.3.5.8 Padre o ascendiente, usufructuario: manera cómo debe cumplir la obligación alimenticia.
8.3.5.9 Usufructo legal: razón por la que ciertos bienes del hijo están exentos de aquél.
8.3.5.10 Padre: se quiere saber desde cuándo le pertenece al padre el derecho de usufructo de los bienes del hijo.
8.3.5.11 Usufructo legal: ¿cuándo es que éste se extingue y cuáles son sus causas?
Capítulo 8.4 Modos de acabarse y suspenderse la patria potestad.
8.4.1 Generalidades. Definiciones.
8.4.2 Extinción de la patria potestad.
8.4.2.1 Enumeración de los casos de extinción del poder paterno. Fundamentos de la extinción.
8.4.2.2 En el derecho francés, la revocación de la emancipación produce el efecto de hacer caer al menor en la patria potestad. Esto no sucede en el derecho mexicano por ser la emancipación irrevocable.
8.4.2.3 Extinción de la patria potestad por muerte del hijo.
8.4.2.4 Consecuencias de la extinción de la patria potestad.
8.4.3 Perdida de la patria potestad.
8.4.3.1 Explicación de lo que es la pérdida del poder paterno.
8.4.3.2 Enumeración de los casos de pérdida del poder paterno.
8.4.3.3 Pérdida de la patria potestad por causa de pena impuesta. Delitos que pueden dar lugar a la pérdida.
8.4.3.4 Pérdida de la patria potestad: ¿abarca a todos los hijos o descendientes del delincuente, o solamente a aquellos que fueron víctimas del acto delictuoso?
8.4.3.5 Pérdida de la patria potestad en los casos de los arts 245 y 248.
8.4.3.6 Poder paterno: pérdida por otras causas.
8.4.3.7 Poder paterno: falta de cumplimiento de sus deberes por parte de la persona que los ejerce.
8.4.3.8 Perdida de la patria potestad por desobediencia de la madre o abuelas a oír el dictamen de los consultores nombrados por el padre en su testamento.
8.4.3.9 Pérdida de la patria potestad por renuncia.
8.4.3.10 Pérdida de la patria potestad por mala conducta de la madre o abuela viuda.
8.4.3.11 Pérdida de la patria potestad por causa de posterior matrimonio de la madre o abuela que tiene su ejercicio.
8.4.3.12 Guarda de la persona y bienes del menor: ¿en qué forma la provee la ley, cuando es privado de la patria potestad el que la ejercía?
8.4.4 Suspensión de la patria potestad.
8.4.4.1 Enumeración de los casos de suspensión.
8.4.4.2 Suspensión por incapacidad del que ejerce la patria potestad.
8.4.4.3 Suspensión por causa de ausencia.
8.4.4.4 Suspensión por causa de pena impuesta.
8.4.4.5 Suspensión de la patria potestad.
8.4.4.6 Derechos del poder paterno suspendidos por incapacidad o por ausencia.
8.4.5 Restricciones que pueden imponerse al ejercicio de la patria potestad por las madres o por las abuelas.
8.4.5.1 Naturaleza de las restricciones que el padre puede imponer al ejercicio de la patria potestad por la madre o por las abuelas: nombramiento de consultores.
8.4.5.2 Restricciones pueden referirse tanto a la persona como a los bienes del menor.
8.4.5.3 Actos para los cuales la madre o abuela debe oír el dictamen de los consultores; deben estar expresamente determinados.
8.4.5.4 Naturaleza de las atribuciones de los consultores.
8.4.5.5 Madre o abuela a quienes se les hubiere nombrado consultores: no están obligadas a seguir el dictamen que éstos les dieren.
8.4.5.6 Sanción que tiene el deber de la madre o abuela de oír el dictamen del consultor o consultores nombrados.
8.4.5.7 Poder paterno: a qué momento deberá atenderse para saber si el padre está en el ejercicio de tal poder. ¿Se debe o no, atender a la fecha del testamento, o bien, a la de la muerte del padre?
8.4.5.8 Nombramiento: el padre goza de la facultad de revocar el nombramiento que haya hecho a favor de consultores.
8.4.5.9 Revocación del nombramiento: forma de hacerla.
8.4.5.10 Consultor: ¿es o no, obligatorio este cargo?
Título 9 Tutela.
Capítulo 9.1 Disposiciones generales.
9.1.1 Tutela como función social.
9.1.2 Tutela y patria potestad. Similitudes y diferencias.
9.1.3 Concepto de tutela.
9.1.4 Tutela en el derecho romano y en el moderno.
9.1.5 Tutela y patria potestad: no pueden coexistir.
9.1.6 Objeto de la tutela.
9.1.7 Interpretación de las disposiciones concernientes a la tutela y sus consecuencias.
9.1.8 Tutela: se investiga si ésta es o no, una institución de derecho público.
9.1.9 Tutela: cargo personal y obligatorio.
9.1.10 Obligación de dar aviso a las autoridades.
9.1.11 Objeto de la curatela.
9.1.12 Tutor y curador: incompatibilidad de desempeño de tales cargos por una misma persona al mismo tiempo.
9.1.13 Carácter unitario de la tutela y de la curatela.
9.1.14 Tutor y curador de varios incapacitados.
9.1.15 Condiciones del nombramiento.
9.1.16 Personas que están sujetas a tutela.
9.1.17 Incapacidad de los menores.
9.1.18 Diferencia entre la incapacidad de los menores emancipados y los no emancipados.
9.1.19 Apertura de la tutela de los menores.
9.1.20 Diversas incapacidades mentales.
9.1.21 Discontinuidad de las incapacidades mentales: no es impedimento para la apertura de la tutela.
9.1.22 Incapacidades mentales habituales.
9.1.23 Incapacidad de los sordomudos.
9.1.24 Incapacidad de los menores de edad emancipados.
9.1.25 Tutela a que están sujetos los menores incapacitados.
9.1.26 Hijos de incapacitados.
9.1.27 Necesaria comprobación del estado del menor.
9.1.28 Tutela: forma como se defiere.
9.1.29 Curatela: manera en que se defiere.
9.1.30 Duración de la tutela.
9.1.31 Duración del estado de interdicción.
Capítulo 9.2 Estado de interdicción.
9.2.1 Definición.
9.2.2 Nulidad de los actos ejecutados por los interdictos y los menores.
9.2.3 Fundamentos de la incapacidad de los menores y los interdictos.
9.2.4 Nulidad de los actos celebrados por los que no han sido declarados judicialmente incapaces y la de los celebrados por los que sí lo han sido.
9.2.5 Diferencia entre los judicialmente declarados incapaces y los que no lo han sido en lo que concierne a las pruebas de incapacidad.
9.2.6 Valor de los actos ejecutados por los dementes antes de la declaración de incapacidad, cuando la demencia no es patente y notoria.
9.2.7 Interdicto: el que contrata con él no puede alegar que éste cobró en un intervalo lúcido.
9.2.8 Actos sujetos a la nulidad. Análisis en lo que respecta a los menores y a los interdictos.
9.2.9 Nulidad: ¿quiénes pueden alegarla?
9.2.10 Representantes legítimos del incapaz: a quiénes debe entenderse por tales para el efecto de entablar la acción de nulidad.
9.2.11 Contradicción entre los arts 424 y 1675 del código. Opinión de Verdugo. Refutación.
9.2.12 Nulidad: plazo en que prescribe la acción.
9.2.13 Excepciones que tiene el principio que sanciona con nulidad los actos verificados por los menores.
9.2.14 Contratos en materia en que el menor es perito.
9.2.15 Contratos en que el menor se conduce dolosamente.
9.2.16 Beneficio de restitución in integrum.
Capítulo 9.3 Tutela testamentaria.
9.3.1 Tutela testamentaria en el orden de prelación establecido por el código para el ejercicio de la tutela.
9.3.2 Tutor testamentario: quiénes tienen derecho de nombrarlo.
9.3.3 Momento a que debe atenderse para saber si el padre o ascendiente que nombra tutor está en el ejercicio del poder paterno.
9.3.4 Nombramiento de tutor a los hijos naturales reconocidos.
9.3.5 Efecto que, en cuanto a los ascendientes, produce el nombramiento de tutor hecho por los padres.
9.3.6 Madre: no puede ser excluida de la patria potestad por el padre.
9.3.7 Padre: existiendo la madre, aquél no puede nombrar tutor al hijo para que entre en funciones a la muerte de ésta.
9.3.8 Examen de la misma cuestión para el caso de que la madre contraiga segundas nupcias.
9.3.9 Efecto que produce el nombramiento de tutor hecho por el ascendiente que ejerce la patria potestad.
9.3.10 Interpretación legal de la voluntad del padre que nombra tutor habiendo ascendientes que estén impedidos temporalmente de ejercer la patria potestad.
9.3.11 Nombramiento de un tutor hecho por un extraño.
9.3.12 Nombramiento: desde cuándo queda insubsistente.
9.3.13 Tutor testamentario: puede nombrarse a los hijos espurios.
9.3.14 Tutela testamentaria de los interdictos.
9.3.15 Tutor testamentario a los menores emancipados para su representación en el juicio.
9.3.16 Menores: caso en que varios tienen un tutor común.
9.3.17 Orden en que entran al ejercicio de la tutela varios tutores nombrados por el testador.
9.3.18 Juez: facultades para modificar o dispensar las limitaciones o condiciones puestas por el testador para el ejercicio de la tutela.
9.3.19 Menor: caso del menor cuando falta temporalmente el tutor testamentario.
Capítulo 9.4 Tutela legítima de los menores.
9.4.1 Tutela legitima.
9.4.2 Tutela legítima: causas que motivan la apertura de ésta.
9.4.3 Tutela legítima: ¿procede de plano su apertura?
9.4.4 Personas a las que les corresponde el ejercicio de la tutela legítima.
9.4.5 Tutela de los hermanos.
9.4.6 Tutela de los tíos, hermanos del padre o de la madre.
9.4.7 Tutela: cuando concurren varios hermanos de igual vínculo o varios tíos de igual grado, ¿a quién le corresponde?
9.4.8 Manera de suplir la falta temporal del tutor legítimo.
Capítulo 9.5 Tutela legítima de los dementes, idiotas, imbéciles y sordomudos.
9.5.1 Orden de prelación que establece el código en la tutela de los interdictos.
9.5.2 Tutela del cónyuge.
9.5.2.1 Necesidad de que el cónyuge sea mayor de edad.
9.5.3 Esposo divorciado: no puede ser tutor legítimo del otro, porque ya no hay deber de ayuda y socorro mutuo.
9.5.4 Tutela ejercida por los hijos del interdicto.
9.5.5 Hijos naturales reconocidos: pueden ser tutores de sus padres.
9.5.6 Interdicto: teniendo varios hijos, se analiza cuál de ellos ejerce la tutela.
9.5.7 Tutela ejercida por los padres del interdicto.
9.5.7.1 Facultad de los padres del interdicto en el ejercicio de la tutela, de nombrar tutor testamentario.
9.5.7.2 Personas a las que les corresponde la tutela legítima de los interdictos.
9.5.7.3 Persona a la que le corresponde el cuidado de los hijos del interdicto, cuando no haya quien ejerza la patria potestad.
Capítulo 9.6 Tutela legítima de los hijos abandonados.
9.6.1 Personas a las que les corresponde esta tutela.
9.6.2 Cuando la tutela es ejercida por los directores de las casas de expósitos, no es necesario el discernimiento del cargo.
Capítulo 9.7 Tutela dativa.
9.7.1 Definición.
9.7.2 Casos en que procede el nombramiento del tutor dativo.
9.7.3 Tutela de los menores emancipados.
9.7.4 Manera de nombrar el tutor dativo.
9.7.5 Menor de edad: al cumplir los catorce años, puede pedir la remoción del tutor.
9.7.6 Honorarios del tutor dativo para asuntos judiciales.
Capítulo 9.8 Personas inhábiles para la tutela y las que deben ser separadas de ella.
9.8.1 Tutela: causas que inhabilitan para el ejercicio de ésta.
9.8.2 Naturaleza de estas causas.
9.8.3 Principios de interpretación sobre la materia.
9.8.4 Incapacidad de las mujeres.
9.8.5 Incapacidad de los menores de edad.
9.8.6 Incapacidad de los mayores de edad sujetos a tutela.
9.8.7 Incapacidad: para que obre contra los dementes, idiotas, etc., es necesario que éstos hayan sido judicialmente declarados incapaces.
9.8.8 Incapacidad por causa de remoción de otra tutela.
9.8.9 Incapacidad por causa de delito.
9.8.10 Incapacidad por falta de oficio o modo de vivir conocido o por ser de notoria mala vida.
9.8.11 Motivo por el que se exige que la mala vida sea notoria.
9.8.12 Incapacidad por causa de pleito pendiente entre el tutor y el menor.
9.8.13 Incapacidad de los deudores del menor en cantidad considerable.
9.8.14 Excepción a esta causa de incapacidad.
9.8.15 Incapacidad de los funcionarios y empleados de la administración de justicia.
9.8.16 Incapacidad de los extranjeros no domiciliados.
9.8.17 Incapacidad de los empleados públicos de hacienda que tengan responsabilidad pecuniaria pendiente con el fisco.
9.8.18 Incapacidad de los que han contribuido en cualquier forma al padecimiento del incapacitado.
9.8.19 Tutela: causas de destitución.
9.8.20 Falta de caución.
9.8.21 Mal desempeño de la tutela.
9.8.22 Superveniencia de alguna causa de incapacidad.
9.8.23 Matrimonio del tutor con su pupila sin haber obtenido dispensa.
9.8.24 Suspensión del ejercicio de tutela por motivo de acusación en contra del tutor.
9.8.25 Requisitos necesarios para la remoción del tutor.
Capítulo 9.9 Excusas de la tutela.
9.9.1 Distinción entre las causas de incapacidad y las de excusa.
9.9.2 Excusa: causas.
9.9.3 Excusa de los empleados y funcionarios públicos.
9.9.4 Excusa de los militares en servicio activo.
9.9.5 Excusa de los que tienen bajo su patria potestad tres o más descendientes legítimos.
9.9.6 Excusa por causa de pobreza.
9.9.7 Excusa por enfermedad o falta de ilustración.
9.9.8 Excusa por ancianidad.
9.9.9 Excusa por ejercicio de otra tutela.
9.9.10 Tutor: cualquier tutor puede alegar la causa de excusa que tenga.
9.9.11 Excusas: ¿existen otras, además de las establecidas por la ley?
9.9.12 Tutor: es facultativo para él excusarse.
9.9.13 Tiempo en que deben proponerse las excusas.
9.9.14 Tutor: caso en que tiene varias excusas.
9.9.15 Impedimentos y excusas: ante quién deben proponerse.
9.9.16 Incapaz: ¿quién cuida de él mientras se decide sobre la procedencia de impedimento a la excusa?
9.9.17 Sanción que tiene la obligación de ejercer la tutela.
9.9.18 Herederos o ejecutores testamentarios del tutor: deber que tienen de dar aviso de la muerte de éste.
Capítulo 9.10 Garantía que deben presentar los tutores para asegurar su manejo.
9.10.1 Deber de otorgar garantía.
9.10.2 Garantía: en que debe consistir.
9.10.3 Garantía: lo que debe comprender.
9.10.4 Tutor coheredero del incapaz: manera en que debe garantizar.
9.10.5 Garantía: su importe puede variar durante el ejercicio de la tutela.
9.10.6 Medidas de conservación de la garantía.
9.10.7 Manera de garantizar en el caso de varios menores que tienen diferentes tutores.
9.10.8 Tiempo en que se debe otorgar la garantía.
9.10.9 Incapaz: ¿quién debe cuidarlo mientras el tutor otorga la garantía?
9.10.10 Tutor provisional: momento en que cesa en sus funciones.
9.10.11 Tutores que están exceptuados de la obligación de otorgar garantía.
9.10.12 Primera excepción: tutores testamentarios.
9.10.13 Segunda excepción: tutores que no tienen la posesión efectiva de los bienes del incapaz.
9.10.14 Tercera excepción: padres, abuelos, cónyuge e hijos del incapaz.
9.10.15 Cuarta excepción: tutores de los niños abandonados.
Capítulo 9.11 Desempeño de la tutela.
9.11.1 Desempeño de la tutela de los menores.
9.11.1.1 Obligaciones del tutor en relación con la persona.
9.11.1.2 Obligación del tutor en lo que concierne a los bienes.
9.11.2 Desempeño de la tutela de los interdictos.
9.11.2.1 Reglas a que está sujeta la tutela de los interdictos.
9.11.2.2 Deber de educación en la tutela de los interdictos.
9.11.2.3 Deber de cuidar a la persona del interdicto.
9.11.2.4 Comprobación anual del estado del demente.
9.11.2.5 Diferencias entre la tutela de los menores y la de los interdictos, por lo que concierne a la administración de los bienes.
9.11.2.6 Criterio para fijar el monto de los gastos destinados al interdicto.
9.11.2.7 Hijo de un interdicto: caso en que aquél contrae matrimonio.
9.11.2.8 Critica del art 539.
9.11.2.9 Sentido en que se debe entender la facultad del tutor del interdicto para determinar lo concerniente a las capitulaciones matrimoniales del hijo de éste.
9.11.2.10 Intervención del juez en el caso de que se trata.
9.11.2.11 Hijo: manera de proceder cuando el que se va a casar es tutor del padre interdicto.
9.11.2.12 Tutor del interdicto: la facultad que le concede el art 539 no puede extenderse a otro caso que no sea el previsto por dicho artículo.
9.11.2.13 Tutela del interdicto, cuando es ejercida por su cónyuge: está sometida a reglas especiales.
9.11.2.14 Tutela de la mujer casada interdicta: casos que pueden presentarse.
9.11.2.15 Marido: casos en que es tutor.
9.11.2.16 Tutor: casos en que es un extraño.
9.11.2.17 Dificultades a que da lugar la coexistencia del poder tutelar y marital, cuando son ejercidos por personas distintas.
9.11.2.18 Tutela del marido interdicto. Casos que pueden presentarse.
9.11.2.19 Esposa: caso en que ejerce la tutela.
9.11.2.20 Tutela: caso en que es ejercida por un extraño.
9.11.3 Remuneración a que tiene derecho el tutor.
9.11.3.1 Tutela: no es cargo gratuito.
9.11.3.2 Retribución del tutor: se determina quién debe fijarla.
9.11.3.3 Manera de fijar esa retribución.
9.11.3.4 Bienes del menor: cuando consistan en una pensión o en sueldos, ésta o éstos podrán considerarse renta líquida.
9.11.3.5 Máximum y mínimum de la retribución del tutor.
9.11.3.6 Aumento de la retribución del tutor.
Capítulo 9.12 Cuentas de la tutela.
9.12.1 Entrega de los bienes.
9.12.2 Cuentas anuales, generales y definitivas.
9.12.3 Cuentas: se establece a quién deben rendirse.
9.12.4 Carácter que tiene la obligación de rendir cuentas.
9.12.5 Obligación del tutor de rendir cuentas: ésta pasa a sus herederos.
9.12.6 Garantía otorgada por el tutor: ¿cuándo es que puede cancelarse?
9.12.7 Cuentas: se aclara dónde deben rendirse.
9.12.8 Cuentas: época en que deben rendirse.
9.12.9 Objeto que persigue la cuenta anual.
9.12.10 Motivo por el que la cuenta anual debe presentarse en el mes de enero de cada año.
9.12.11 Naturaleza de la cuenta anual.
9.12.12 Cuenta de la tutela: qué debe comprender ésta.
9.12.13 Sanción de la obligación de presentar la cuenta anual.
9.12.14 Responsabilidad del tutor por su morosidad en cobrar los créditos vencidos.
9.12.15 Responsabilidad del tutor por su morosidad en no reclamar los bienes pertenecientes al menor que no estén en su poder.
9.12.16 Sanción.
9.12.17 Abonos que deben hacerse al tutor.
9.12.18 Gastos hechos sin la autorización necesaria.
9.12.19 Tutor: caso en que no se le deben abonar al tutor los anticipos o créditos contra el menor.
9.12.20 Derecho del tutor a ser indemnizado.
Capítulo 9.13 Extinción de la tutela.
9.13.1 Extinción y vacancia de la tutela. Confusión que hace el código entre los casos de extinción y de vacancia.
9.13.1.1 Extinción de la tutela en relación con el tutor.
9.13.1.2 Extinción de la tutela en relación con el incapaz.
Capítulo 9.14 Entrega de los bienes.
9.14.1 Explicación preliminar.
9.14.2 Cuentas general y definitiva de la tutela: ¿a quién deben presentarse?
9.14.3 Obligación del tutor que sustituye a otro de exigir la entrega de los bienes y la rendición de las cuentas.
9.14.4 Subsiste en relación con el menor, la responsabilidad del tutor que rinde cuentas a otro tutor.
9.14.5 Cuenta de administración.
9.14.6 Cuentas: plazo para rendirlas.
9.14.7 Entrega de bienes.
9.14.8 Falta de rendición de cuentas: no es motivo para suspender la entrega de los bienes.
9.14.9 Plazo en que se ha de hacer la entrega de bienes.
9.14.10 Bienes: entrega y presentación de cuentas. Quién debe cubrir los gastos que éstas requieren.
9.14.11 Saldo a favor o en contra del tutor que puede resultar de las cuentas.
9.14.12 Terminada la tutela: ¿puede el tutor celebrar convenios con su pupilo?
9.14.13 Prescripción de las acciones del menor contra el tutor.
9.14.14 Prescripción: ¿cuándo comienza a correr en los casos en que la tutela termina por emancipación o habilitación de edad del menor?
9.14.15 Acciones a que se refiere la prescripción excepcional que establece el art 576.
9.14.16 Prescripción del art 576: no se refiere a las acciones del tutor en contra del menor.
9.14.17 Prescripción: cómo deben contarse los términos respecto de las acciones que tenga el menor contra los diversos tutores.
Título 10 Curador.
Capítulo 10.1 Curador.
10.1.1 Funciones del curador.
10.1.2 Curaduría: es una institución inherente a la tutela.
10.1.3 Carácter obligatorio del cargo de curador.
10.1.4 Impedimento para ejercer el cargo de curador por razón de parentesco con el tutor.
10.1.5 Incapacidades establecidas en los arts 520 y 523 para los tutores: no afectan a los curadores.
10.1.6 Personas que tienen el derecho de nombrar al curador.
10.1.7 Testador extraño: ¿puede o no, nombrar curador?
10.1.8 Nombramiento del curador hecho por el menor.
10.1.9 Nombramiento del curador por elección del juez.
10.1.10 Obligaciones del curador.
10.1.11 Obligación de defender los derechos del incapacitado, cuando estén en oposición con los del tutor.
10.1.12 Obligación de vigilar la conducta del tutor.
10.1.13 Curador: ¿puede el tutor conferirle poderes al curador para el ejercicio de la tutela?
10.1.14 Obligación de promover el nombramiento de tutor cuando éste faltare o abandonare la tutela.
10.1.15 Otras obligaciones del curador.
10.1.16 Sanción de las obligaciones que tiene el curador.
10.1.17 Curador: se establece cuándo cesan sus funciones.
10.1.18 Honorarios que percibe el curador.
Título 11 Emancipación y mayoría de edad.
Capítulo 11.1 Emancipación. Generalidades.
11.1.1 Concepto jurídico de la emancipación.
11.1.2 Disposiciones sobre emancipación: son de orden público.
11.1.3 División de la emancipación en tácita y expresa.
11.1.4 Habilitación de edad.
11.1.4.1 Habilitación de edad: casos en que procede.
11.1.4.2 Habilitación de edad: capacidad que concede.
11.1.4.3 Sujeción a tutela del habilitado de edad.
11.1.4.4 Habilitación de edad: se establece si es o no, revocable.
11.1.4.5 Habilitación de edad: forma en que se hace.
Capítulo 11.2 Mayoría de edad.
11.2.1 Principios generales.
11.2.2 Cómputo del tiempo.
11.2.3 Restricciones a la capacidad de las mujeres solteras mayores de edad.
11.2.4 Restricciones: casos en que no tienen lugar.
Título 12 Ausentes e ignorados.
Capítulo 12.1 Generalidades.
12.1.1 Acepciones de la palabra ausencia.
12.1.2 Razón de la intervención de la ley en el arreglo de los negocios del legalmente ausente.
12.1.3 Ausencia: es una institución moderna.
12.1.4 Justificación de esta institución.
12.1.5 Intereses a que atiende el legislador en las disposiciones relativas a la ausencia.
12.1.6 Periodos de la ausencia.
12.1.7 Condición jurídica de los ausentes según sean los diversos periodos de la ausencia.
12.1.8 Época a que se retrotraen los efectos de la ausencia.
Capítulo 12.2 Medidas provisionales en caso de ausencia.
12.2.1 Primer periodo de la ausencia. Características.
12.2.2 Influencia que ejerce la existencia de un apoderado del ausente en la procedencia de las medidas dictadas por la ley.
12.2.3 Épocas en que se divide el primer periodo de la ausencia.
12.2.4 Primera época: medidas que se toman a la desaparición del ausente.
12.2.5 Nombramiento de depositario.
12.2.6 Aseguramiento de bienes.
12.2.7 Publicación de edictos.
12.2.8 Medidas mencionadas: ¿quién tiene derecho de solicitarlas?
12.2.9 Segunda época: nombramiento de representante.
12.2.10 Nombramiento de representante: ¿quién puede pedirlo?
12.2.11 Facultades y obligaciones del representante.
12.2.12 Obligación de promover la publicación de edictos.
12.2.13 Sanción.
12.2.14 Representación del ausente: ¿a quiénes se la confiere la ley?
12.2.15 Representación de la mujer ausente por su marido.
12.2.16 Representación del marido ausente por su esposa.
12.2.17 Representación del cónyuge ausente por un extraño.
12.2.18 Ausente casado: caso en que tiene hijos de un matrimonio anterior.
12.2.19 Representación de un cónyuge por el otro; se opera sin necesidad de declaración judicial.
12.2.20 Representación del ausente por sus herederos presuntivos.
12.2.21 Representación: ¿a quién corresponde, cuando hay varios descendientes o ascendientes de igual grado?
12.2.22 Representación del ausente por sus herederos presuntivos.
12.2.23 Efectos de la ausencia respecto de los hijos del ausente.
12.2.24 Aplicación de algunas reglas sobre la tutela al representante del ausente.
12.2.25 Representante: ¿cuándo termina el cargo?
Capítulo 12.3 Declaración de ausencia.
12.3.1 Segundo periodo de la ausencia. Carácter de las disposiciones concernientes a este periodo.
12.3.2 Declaración de ausencia: resultado de una decisión judicial.
12.3.3 Tiempo que debe de transcurrir para la declaración de ausencia.
12.3.4 Manera de computar el tiempo.
12.3.5 Razón por la que los plazos para la declaración de ausencia son distintos, según que el ausente haya dejado o no, apoderado.
12.3.6 Naturaleza que debe tener el poder conferido por el ausente, a efecto de que tenga lugar el mayor plazo que establece la ley para la declaración de ausencia.
12.3.7 Nombramiento de apoderado hecho de palabra o en documento privado.
12.3.8 Declaración de ausencia: a qué plazo deberá atenderse, cuando el poder conferido por el ausente cese por cualquier motivo.
12.3.9 Poder conferido por más de diez años: no es obstáculo para la declaración de ausencia.
12.3.10 Plazo: desde cuándo deben contarse los plazos, si el ausente ha dado noticias de su persona.
12.3.11 Obligación del apoderado de garantizar su manejo y desde cuándo tiene lugar esta obligación.
12.3.12 Sanción.
12.3.13 Personas que pueden pedir la declaración de ausencia.
12.3.14 Cónyuge del ausente: no tiene tal facultad.
12.3.15 Publicación de la demanda en que se solicita la declaración de ausencia.
12.3.16 Tiempo que debe pasar después de la última publicación.
12.3.17 Publicaciones posteriores a la declaración de ausencia.
12.3.18 Recursos que proceden contra la resolución que declara la ausencia.
Capítulo 12.4 Efectos de la declaración de ausencia.
12.4.1 Intereses a que atiende el legislador durante el periodo de declaración de ausencia.
12.4.2 Similar protección al ausente y a quienes tienen derechos subordinados.
12.4.3 Efectos que produce la declaración de ausencia.
12.4.4 Posesión provisional de los bienes: ¿a quiénes les corresponde?
12.4.5 Manera como justifican los herederos testamentarios su carácter, cuando el testamento es cerrado.
12.4.6 Época a que se refiere la ley para considerar quiénes son herederos del ausente.
12.4.7 Aplicación de los principios aceptados en la materia.
12.4.8 Herederos testamentarios y legítimos.
12.4.9 Posesión provisional, cuando no se presentan los herederos llamados en primer término: ¿quiénes la reciben?
12.4.10 Además de los herederos, qué otras personas tienen derecho a la posesión provisional.
12.4.11 Bienes sobre los que recae la posesión provisional.
12.4.12 Carácter que tienen los frutos producidos después de la desaparición del ausente.
12.4.13 Efectos de la declaración de ausencia respecto de los que tienen obligaciones para con el ausente.
12.4.14 Garantía que deben prestar los poseedores.
12.4.15 Garantía: ¿en qué consiste?
12.4.16 Poseedor: caso en que está en imposibilidad de otorgar la garantía.
12.4.17 Otorgamiento de fianza: ¿a quiénes se les exceptúa?
12.4.18 Manera de ejercer la posesión provisional.
12.4.19 Carácter de los poseedores en sus relaciones entre sí.
12.4.20 Carácter de los poseedores en sus relaciones con el ausente.
12.4.21 Facultades y obligaciones de los poseedores provisionales.
12.4.22 Efectos de la ausencia en lo que concierne a las relaciones de los poseedores con los terceros.
12.4.23 Consecuencias que resultan de tales efectos.
12.4.24 Posesión provisional: momento en que concluye.
Capítulo 12.5 Administración de los bienes del ausente casado.
12.5.1
Efectos de la declaración de ausencia en cuanto al matrimonio.
12.5.1.1 Ausencia: no disuelve el vínculo del matrimonio. Razón de este principio.
12.5.1.2 Imposibilidad de pedir la nulidad del matrimonio contraído por el cónyuge del ausente, mientras éste no se presente.
12.5.1.3 Nulidad del matrimonio al aparecer el ausente: ¿quién puede solicitarla?
12.5.1.4 Cuando el ausente demanda la nulidad por medio de apoderado, es preciso que el poder tenga cláusula especial para solicitar aquélla.
12.5.1.5 Nulidad: para que prospere se pregunta qué debe probarse.
12.5.2 Efectos de la declaración de ausencia en cuanto a los intereses pecuniarios de los esposos.
12.5.2.1 Interrupción de la sociedad conyugal; consecuencias.
12.5.2.2 Sociedad: desde cuándo se interrumpe.
12.5.2.3 Posesión provisional ejercida por el cónyuge en su carácter de heredero del ausente.
12.5.2.4 Capacidad de la esposa del ausente.
12.5.2.5 Derechos del cónyuge del ausente, cuando no es heredero ni tiene bienes propios ni gananciales.
12.5.2.6 Restauración de la sociedad conyugal.
12.5.2.7 Ausencias sucesivas y simultáneas de ambos cónyuges.
Capítulo 12.6 Presunción de la muerte del ausente.
12.6.1 Tercer periodo de la ausencia. Características de las disposiciones concernientes a este periodo.
12.6.2 Personas que pueden pedir la declaración de presunción de muerte.
12.6.3 Declaración de presunción de muerte: está subordinada a la condición de que se haya hecho la declaración de ausencia.
12.6.4 Presunción de muerte: no puede decretarse la presunción de muerte antes del transcurso de los plazos legales.
12.6.5 Presunción de muerte: da lugar a la apertura de la sucesión del ausente. Consecuencias.
12.6.6 Carácter que tienen los poseedores de los bienes durante el periodo de presunción de muerte.
12.6.7 Relaciones de los poseedores entre sí.
12.6.8 Relaciones de los poseedores con los terceros.
12.6.9 Actos a título gratuito hechos por los poseedores.
12.6.10 Carácter de los poseedores en sus relaciones con el ausente.
12.6.11 Derechos del ausente en caso de que aparezca o de que se tengan noticias ciertas de su existencia.
12.6.12 Ausente: se requiere saber el estado en que recobra sus bienes.
12.6.13 Poseedor: tiene derecho a recompensa por las mejoras hechas en los bienes poseídos.
12.6.14 Bienes enajenados: casos que pueden presentarse.
12.6.15 Poseedor: caso en que no ha recibido el precio de la enajenación.
12.6.16 Precio: caso en que se ha empleado en la adquisición de otros bienes.
12.6.17 Ausente: manera como recibe los bienes adquiridos con el precio de los enajenados.
12.6.18 Poseedor: tiene el derecho de reclamar el exceso de precio que hubiere dado y la obligación de dar cuenta de la diferencia.
12.6.19 Permuta: está regida por los mismos principios.
12.6.20 Enajenación: caso en que el precio se ha perdido.
12.6.21 Poseedor: caso en que ha donado algún bien del ausente.
12.6.22 Principios que rigen en la materia: no se aplican, cuando el poseedor es de mala fe.
12.6.23 Poseedor: no está obligado a devolver los frutos.
12.6.24 Efectos de la presunción de muerte en los convenios matrimoniales del ausente.
12.6.25 Comunidad de bienes: se determina desde cuándo se considera terminada.
12.6.26 Efectos de la presunción de ausencia sobre el matrimonio del ausente.
12.6.27 Posesión definitiva: se pretende establecer cuándo termina.
12.6.28 Regreso del ausente y noticias ciertas de su existencia.
12.6.29 Certidumbre de la muerte del ausente.
12.6.30 Presentación de los herederos con mejores derechos.
Capítulo 12.7 Efectos de la ausencia respecto de los derechos eventuales del ausente.
12.7.1 Derechos eventuales del ausente: ¿cuáles son los principios que rigen con respecto a estos derechos?
12.7.2 Aplicación de estos principios en cualquier periodo de la ausencia.
12.7.3 Derechos eventuales del ausente: ¿a quién corresponde el ejercicio de los derechos eventuales del ausente?
12.7.4 Carácter con que reciben los derechos eventuales del ausente sus coherederos y las personas que suceden por su falta.
12.7.5 Revocabilidad de la propiedad sobre los derechos eventuales.
12.7.6 Disposiciones sobre derechos eventuales: son generales.
12.7.7 Prescriptibilidad de los derechos eventuales del ausente.
12.7.8 Derecho sobre los frutos.
Capítulo 12.8 Disposiciones generales.
12.8.1 Poder que tienen los poseedores provisionales y definitivos para representar al ausente en juicio y fuera de él.
12.8.2 Consecuencias.
12.8.3 Términos de la prescripción: no se suspenden por causa de ausencia.
12.8.4 Papel del ministerio público en los juicios sobre la ausencia.
12.8.5 Juez competente para conocer de los negocios relativos a la ausencia.
Notas bibliográficas.
Índice de materias.

TOMO 4: TEORÍA DE LAS PERSONAS JURÍDICAS.
Presentación de la Biblioteca grandes maestros del derecho.
Presentación de la Colección grandes maestros del derecho civil.
Presentación de la obra.
Introducción.
Abreviaturas.
Título 1. Desarrollo de la teoría de las personas jurídicas (personas morales).
Introducción.
Capítulo 1.1 Derecho romano.
1.1.1 Ausencia del concepto de persona jurídica en el derecho antiguo: naturaleza del Estado y colectividades públicas.
1.1.2 Desarrollo de las personas jurídicas en tiempos del imperio: municipios y colegios.
1.1.3 Concepción de los jurisconsultos acerca de la esencia de esta unidad.
1.1.4 Corporaciones y sociedades.
1.1.5 Forma de las fundaciones en el derecho clásico y en la época cristiana: la eclesiae y las piae causae.
1.1.6 Conclusión.
Capítulo 1.2 Derecho germánico.
1.2.1 Concepto de los germanos acerca de la naturaleza de la colectividad: asociaciones de marca y Genossenschaften.
1.2.2 Opinión y crítica de Heusler y Gierke.
1.2.3 Especies de comunión en mano común. Naturaleza de esta forma jurídica y aplicación a la comunidad de marca.
1.2.4 Crítica a la idea de Sohm.
1.2.5 Concepto de institución en el derecho germánico.
Capítulo 1.3 Derecho canónico.
1.3.1 Concepto teológico de la iglesia universal y de las iglesias particulares. Carácter institucional.
1.3.2 Desarrollo de la fundación autónoma.
Capítulo 1.4 Jurisprudencia romanocanónica y su extensión a las distintas naciones.
1.4.1 Glosadores y canonistas.
1.4.2 Escolásticos: Bartolo y Baldo.
1.4.3 Recepción de la teoría en Alemania, Holanda y Francia. Teoría italiana del siglo XVIII.
1.4.3.1 La teoría italiana del siglo XVIII.
Capítulo 1.5 Sistemas legislativos en el derecho actual.
1.5.1 Tipo francés: derecho francés, italiano, holandés, belga y español.
1.5.2 Tipo germánico: derecho alemán, austriaco, suizo y japonés.
1.5.3 Tipo angloamericano: teoría de la corporación en el derecho inglés: naturaleza jurídica del trust. Derecho de Montenegro.
1.5.3.1 Derecho de Montenegro.
1.5.4 Resultado de esta investigación histórica y de derecho comparado.
Título 2. Concepto de las personas jurídicas.
Capítulo 2.1 Crítica de las teorías.
2.1.1 Multiplicidad y variedad de las concepciones de la persona jurídica. Clasificación.
2.1.1.1 Teoría de la ficción. Examen crítico.
2.1.1.2 Teoría del patrimonio para un fin.
2.1.1.2.1 Crítica. Inadmisibilidad de los derechos sin sujeto.
2.1.1.2.2 Objeciones contra el concepto de pertinencia al fin.
2.1.1.2.3 Extraños corolarios que se derivan de la teoría de Brinz.
2.1.1.2.4 Insuficiencia y defectos de la teoría de Brinz.
2.1.1.2.5 Seguidores en Italia de la teoría de Brinz: concesión de Bonelli.
2.1.1.2.6 Tentativa de conciliación entre la teoría de la ficción y la teoría del patrimonio a un fin.
2.1.1.3 Teoría de la persona colectiva real. Historia de esta tendencia doctrinal. La Genossenschaft de Beseler.
2.1.1.3.1 Cruzamiento con las doctrinas publicísticas orgánicas.
2.1.1.3.2 Ulterior desarrollo de la teoría de Salkowski, Bolze, Zitelmann. Crítica.
2.1.1.3.3 Teoría de Gierke y su influencia en la doctrina europea. Crítica.
2.1.1.4 Derivaciones de la teoría realista.
2.1.1.4.1 Teoría de la persona real ideal. Apreciación crítica.
2.1.1.4.2 Teoría del derecho subjetivo. Crítica de Bernatzik y Michoud.
2.1.1.5 Teoría individualista. Pensamiento de Ihering y su influencia en el derecho público. Critica.
2.1.1.5.1 Teoría de Duguit.
2.1.1.5.2 Manifestaciones privadas de la teoría de Thering.
2.1.1.5.3 Teoría de Meurer.
2.1.1.5.4 Teoría de H. V. Ferneck.
2.1.1.5.5 Teoría de Hölder.
2.1.1.5.6 Teoría de Binder.
2.1.1.5.7 Concepto de fundación según el sistema individualista.
2.1.1.6 Teoría de la organización. Resultado de la investigación crítica.
Capítulo 2.2 Tentativa de concepción dogmática de las personas jurídicas.
2.2.1 Concepto de persona.
2.2.2 Unidad del concepto de persona en el derecho privado y en el público.
2.2.3 Cualidad de persona y el derecho subjetivo.
2.2.4 Personalidad como producto del orden público.
2.2.5 Persona: el hombre.
2.2.6 Colectividades y organizaciones sociales.
2.2.7 Esencia de la persona jurídica.
2.2.8 Naturaleza y espontaneidad de aquella institución.
2.2.9 Sujeto en las corporaciones.
2.2.10 Sujeto en las instituciones.
2.2.11 Relación entre la unidad jurídica y la pluralidad concreta de los individuos corolarios.
2.2.12 Definición de personas jurídicas.
Capítulo 2.3 Elementos de las personas jurídicas.
2.3.1 Asociación o institución. Formas de colectividad. Determinación individual y determinación do rem. Aplicación a los consorcios y participaciones agrarios y cuerpos territoriales.
2.3.1.1 Composición del sustrato de las instituciones. Determinación individual y determinación ob rem.
2.3.2 Fin. Importancia de este elemento. Fines generales especiales y su variedad. Condiciones que debe presentar el fin: determinación, posibilidad, licitud.
2.3.3 Reconocimientos. Efectos. Intervención estatal en la formación de las personas jurídicas. Teorías sobre el carácter jurídico del reconocimiento.
2.3.3.1 Falsos requisitos de las personas jurídicas.
2.3.3.1.1 Territorio.
2.3.3.1.2 Patrimonio.
2.3.3.1.3 Perpetuidad.
2.3.3.1.4 Carácter de interés público.
Título 3. Delimitación del concepto de persona jurídica de figuras dudosas y afines.
Capítulo 3.1 Fin y carácter de esta investigación. Distinción de la corporación.
3.1.1 Comunidad.
3.1.2 Comunidad zur gesammte Hand.
3.1.3 Delimitación del concepto de persona jurídica de figuras dudosas y afines.
3.1.4 Asociación no reconocida.
3.1.5 Cuestión acerca de la personalidad jurídica de las sociedades de comercio. Revista crítica de la doctrina.
3.1.5.1 Sistemas posibles de concepción.
3.1.5.2 Prejuicios contra el concepto de persona jurídica. Demostración positiva de tal carácter en las sociedades mercantiles.
3.1.6 Cuestión referente a la personalidad de los consorcios.
3.1.7 Familia.
Capítulo 3.2 Distinción de la fundación.
3.1.8 Índole de los llamados órganos de las personas jurídicas.
3.2.1 Fideicomiso de familia.
3.2.2 Fondos especiales de gestión.
3.2.3 Patrimonio recogido por las poblaciones.
3.2.4 Asunto referido a si la herencia yacente es persona jurídica.
3.2.5 Patrimonio sujeto a ejecución forzosa.
3.2.6 Masa de la quiebra.
3.2.6.1 Negación de la cualidad de persona jurídica a fundos dominantes, títulos al portador, hacienda comercial, nave.
Título 4. Clasificación de las personas jurídicas.
Capítulo 4.1 Criterios de distinción de las personas jurídicas. Según la estructura interna: corporaciones e instituciones.
Capítulo 4.2 Según la capacidad jurídica: públicas y privadas.
Capítulo 4.3 Según la nacionalidad: nacionales y extranjeras.
Título 5. Nacimiento de las personas jurídicas.
Capítulo 5.1 Fases de la constitución de las personas jurídicas.
5.1.1 Formación del sustrato de las corporaciones: acto constitutivo. Estatutos.
5.1.2 Formación del sustrato institucional: negocio de fundación y su naturaleza jurídica.
5.1.3 Fundación mortis causa.
5.1.4 Organización de las personas jurídicas.
5.1.5 Concesión de personalidad: reconocimiento y sus formas.
5.1.6 Estructura y relaciones internas: la cualidad del miembro.
5.1.7 Ordenación y distribución de competencias: asamblea y representantes.
5.1.8 Relaciones de la corporación respecto de los miembros: derechos individuales.
5.1.9 Relaciones de la fundación para con el fundador y los destinatarios.
Título 6. Capacidad de las personas jurídicas.
Capítulo 6.1 Extensión de la capacidad de las personas jurídicas.
Capítulo 6.2 Derechos públicos y estado personal (nombre, títulos, honores).
Capítulo 6.3 Derechos patrimoniales: derechos de autor, de invención y de marcas de fábrica.
Capítulo 6.4 Derechos patrimoniales corporales: usufructo, posesión.
Capítulo 6.5 Capacidad para ejercer los derechos.
Capítulo 6.6 Limitaciones. Adquisiciones de inmuebles y adquisiciones a título gratuito. Necesidad de autorización: fin, origen histórico y campo de aplicación.
Capítulo 6.7 Negativa de autorización: efectos. Crítica de la teoría de la especialidad.
Capítulo 6.8 Limitaciones especiales a algunos entes.
Capítulo 6.9 Obligaciones convencionales y legales de las personas jurídicas. Repetición de indebito, negotiorum gestio y acción de in rem verso.
Capítulo 6.10 Responsabilidad por actos ilícitos en el desarrollo de la actividad privada.
Capítulo 6.11 Aplicación al Estado y a otros entes públicos. Examen crítico de la doctrina acerca del fundamento y límites de esta responsabilidad.
Capítulo 6.12 Nuestra opinión. Doble forma, de responsabilidad: civilista y publicista. Concepto de la actividad privada de los entes públicos.
Capítulo 6.13 Responsabilidad del Estado y de los entes administrativos por los actos de imperio.
Capítulo 6.14 Responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Capítulo 6.15 Capacidad procesal y de quiebra.
Capítulo 6.16 Privilegios de las personas jurídicas.
Capítulo 6.17 Vigilancia y control de las personas jurídicas.
Capítulo 6.18 Impuestos y tasas sobre las personas jurídicas.
Título 7. Modificación y extinción de las personas jurídicas.
Capítulo 7.1 Conceptos y tipos de modificaciones de personas jurídicas.
7.1.1 Extinción de las personas jurídicas.
7.1.2 Causas de extinción.
7.1.2.1 Desaparición de la asociación.
7.1.2.2 Pérdida de la capacidad jurídica. Supresión.
7.1.2.2.1 Duración de la extinción, liquidación.
7.1.2.2.2 Regulación de la sucesión de las personas jurídicas.
Capítulo 7.2 Reglamentación legislativa de las sucesiones de los cuerpos morales.
Capítulo 7.3 Reglamento estatutario de la sucesión de los cuerpos morales.
7.3.1 Derechos de reversibilidad y devolución.
7.3.2 Responsabilidad por las deudas que gravan el patrimonio de la persona jurídica.
Título 8. Posición jurídica de las asociaciones e instituciones no reconocidas.
Capítulo 8.1 Tipos de asociaciones no reconocidas.
Capítulo 8.2 Historia dogmática de la reglamentación de las asociaciones no reconocidas en Bélgica y en Francia.
Capítulo 8.3 Tendencias en Alemania.
Capítulo 8.4 Crítica de los dos sistemas y método de estudio en nuestro derecho.
Capítulo 8.5 Estado de la doctrina y de la jurisprudencia.
Capítulo 8.6 Naturaleza jurídica de las asociaciones.
Capítulo 8.7 Constitución y relaciones internas.
Capítulo 8.8 Patrimonio.
Capítulo 8.9 Adquisiciones.
Capítulo 8.10 Contratos y deudas.
Capítulo 8.11 Posición procesal.
Capítulo 8.12 Disolución y liquidación.
Capítulo 8.13 Comparación entre personas jurídicas y asociaciones no reconocidas.
Capítulo 8.14 Instituciones y fundaciones no autónomas.
Notas bibliográficas.
Índice de materias.

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